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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. En ese sentido, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal incrementando la capacidad resolutiva de los casos fi scales que se encuentran en proceso de atención y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, se ha considerado pertinente emitir el acto resolutivo a fi n de reorganizar al personal fi scal que integra la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, para lo cual corresponde dar por concluido el destaque del abogado Gerardo Humberto Chávez Velásquez señalado en el segundo párrafo. Del mismo modo, resulta necesario contar con fi scales con experiencia en el desempeño de la función fi scal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fi scal adjunto provincial en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, se ha considerado oportuno nombrar y designar en la misma al abogado Juan Pablo Carrillo Carranza y, por necesidad de servicio, destacarlo a la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos; en mérito al marco normativo antes citado y considerando el informe n. o 00137-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 25 de agosto de 2025. De conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el destaque del abogado Gerardo Humberto Chávez Velásquez, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, a la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, así como la prórroga del mismo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 2977-2024-MP-FN y 953-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 28 de marzo de 2025, respectivamente; debiendo retornar al 2º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María —conforme a su designación vigente—. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Juan Pablo Carrillo Carranza, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro; asimismo, destacarlo a la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, por necesidad de servicio, a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Gerardo Humberto Chávez Velásquez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2432076-10 Nombran fiscales adjuntas provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2593-2025-MP-FN Lima, 26 de agosto de 2025 VISTOS: El ofi cio Nº 301-2025-MP-FN-FSEDCFP e informe Nº 000136-2025-MP-FN-OREF-MRUO, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, el abogado Juan Carlos Villena Campana, fi scal supremo titular, designado en la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, solicita la designación de personal fi scal para la fi scalía suprema a su cargo, elevando las propuestas para tal efecto. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se ha considerado oportuno nombrar y designar a las abogadas Laura Fatima Ramirez Agüero, Vivian Nataly Yenque Sarmiento y Melissa Katiuska Alata Espinoza para que desempeñen funciones en la citada fi scalía suprema, en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 000136-2025-MP-FN-OREF- MRUO, de fecha 22 de agosto de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar como fi scales adjuntas provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolas en la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, a las siguientes abogadas: • Laura Fatima Ramirez Agüero • Vivian Nataly Yenque Sarmiento • Melissa Katiuska Alata Espinoza