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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 5 de diciembre de 2025 El Peruano / Modifican artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 183-2004-MTC/03 para adecuar el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la localidad de Yurimaguas en la banda UHF RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0118-2025-MTC/03 Lima, 28 de noviembre de 2025 VISTO: el Informe N° 3429-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Suprema N° 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema de televisión digital terrestre para el Perú por los fundamentos expuestos en el Informe de Recomendación del Estándar de Televisión Digital Terrestre a ser adoptado en el Perú de febrero de 2009, presentado por la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema N° 010-2007-MTC; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias, establece las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (5) territorios establecidos para tal efecto, fi jando plazos máximos para la aprobación de los planes de canalización y asignación de frecuencias; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 183- 2004-MTC/03 y modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda UHF, para distintas localidades del departamento de Loreto; Que, la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03, en adelante PNAF, atribuye para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, con el objeto de establecer las frecuencias técnicamente disponibles en los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias, resulta necesaria su adecuación de acuerdo a lo determinado por el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), el cual se actualiza periódicamente, como resultado de acuerdos tomados, entre otros, en las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT); Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 3429-2025-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda UHF para distintas localidades del departamento de Loreto, a fi n de modi fi car el plan de la localidad de YURIMAGUAS, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, por lo que corresponde la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 183-2004-MTC/03; y, De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 183-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda UHF, para distintas localidades del departamento de Loreto, a fi n de modi fi car el plan de la localidad de YURIMAGUAS; conforme se indica a continuación: Localidad: YURIMAGUAS Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7 22 518 524 521+1/7 24 530 536 533+1/7 26 542 548 545+1/7 30 566 572 569+1/7 33 584 590 587+1/7 35 596 602 599+1/7 38 614 620 617+1/7 40 626 632 629+1/7 43 644 650 647+1/7 45 656 662 659+1/7 47 668 674 671+1/7 49 680 686 683+1/7 - Total de canales: 14 - La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión digital terrestre (ISDB-T) es de: 1 KW- La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión analógica (NTSC-M) es de: 2 KW Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL MARCO GARCÍA LOLI Viceministro de Comunicaciones 2465899-1