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35 NORMAS LEGALES Viernes 5 de diciembre de 2025 El Peruano / en las bibliotecas” contiene disposiciones de carácter general y vinculadas al interés ciudadano, se advierte la necesidad de emitir la Resolución Jefatural que apruebe la publicación del mencionado proyecto en la sede digital de la Biblioteca Nacional del Perú, de acuerdo a lo establecido en el literal 9.1. del artículo 9 del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, el literal c) del numeral 20.1. del artículo 20 del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS determina que “el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación (…)”; Que, el numeral 28.5 del artículo 28 del Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, precisa que “Las entidades públicas que realizan consulta a personas con discapacidad, deben aplicar los lineamientos, directivas o guías de consulta pública vigentes aprobados por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, respetando las etapas y plazos establecidos por estos (…)”; Que, en ese sentido, el numeral 7.4 del acápite VII de la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”, aprobada por la Resolución de Presidencia N° D000040-2021-CONADIS-PRE (en adelante, la Directiva), señala que “La etapa informativa y etapa de recojo de aportes se realizan en un plazo no menor a 30 días hábiles, (…)”; Que, el numeral 5.3 del acápite V de la Directiva de fi ne a las Condiciones de accesibilidad como “(…) aquellas medidas que eliminan las barreras del entorno físico, virtual, la información y las comunicaciones, que permiten que las personas con discapacidad accedan y participen en los procesos de consulta en igualdad de condiciones con las demás y de la manera más autónoma y segura posible”; Que, con el Informe Legal N° 000539-2025-BNP-GG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal en el marco de sus competencias, recomendando la emisión del acto resolutivo que disponga la publicación del proyecto de Lineamiento “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en las bibliotecas”; Que, de conformidad con el numeral 21.1.del artículo 21 del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, corresponde al titular de la entidad emitir el acto resolutivo que apruebe la publicación del proyecto normativo. En ese sentido y acorde con el artículo 7 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2024-MC, la titularidad de la entidad recae en la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú, de manera que corresponde que el Jefe Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú suscriba el acto resolutivo de publicación del proyecto normativo; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Bibliotecas Desconcentradas, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Unidad Funcional de Políticas y Gestión Bibliotecaria de la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria; y, De conformidad con la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad; el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; la Resolución de Presidencia N° D000040-2021-CONADIS-PRE, que aprueba la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”; y, el Decreto Supremo N° 002-2024-MC, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú;SE RESUELVE: Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto de Lineamiento denominado “Criterios para la implementación de la accesibilidad universal en bibliotecas”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- ESTABLECER el plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fi n de que las personas interesadas puedan remitir los comentarios, aportes u opiniones al proyecto normativo señalado en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- DISPONER que los comentarios, aportes u opiniones sean presentados a través de la Mesa de Partes (física y/o virtual) de la Biblioteca Nacional del Perú y/o al correo electrónico: dgab@bnp.gob.pe. Artículo 4.- ENCARGAR a la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten; así como, las acciones orientadas a su difusión en coordinación con el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad. Artículo 5.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución y su anexo, en un formato de libre descarga y lectura, en el portal web institucional (https://www.gob.pe/bnp) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN YANGALI QUINTANILLA Jefe Institucional 2465823-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Prorrogan plazo establecido en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 141-2025-OS/PRES, para la recepción de comentarios y sugerencias de los interesados al proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba modificación del rubro 1 de la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones en los Procedimientos de Reclamos y de Solución de Controversias RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 157-2025-OS/ PRES Lima, 3 de diciembre del 2025 VISTO:El Memorando N° GSE-907-2025 de la Gerencia de Supervisión de Energía, mediante el cual pone a consideración la ampliación de plazo para presentación de comentarios al proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba la modi fi cación del rubro 1 de la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones en los Procedimientos de Reclamos y de Solución de Controversias, publicado a través de Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 141-2025-OS/PRES.