TEXTO PAGINA: 4
4 NORMAS LEGALES Lunes 22 de diciembre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como Pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2021-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por un monto de Euros 54’000,000,00 (Cincuenta y cuatro millones y 00/100 Euros); y se establece que la Unidad Ejecutora del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, es el SERFOR; Que, con fecha 25 de mayo de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo entre la República del Perú y el KfW, por un monto de Euros 54’000,000.00, para el fi nanciamiento del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000055-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE de fecha 28 de febrero de 2022, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en el Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR; Que, mediante Resolución de Coordinación Ejecutiva Nº D000007-2023-MIDAGRI-SERFOR-PKFW de fecha 08 de junio de 2023, la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, aprobó el Documento Equivalente del Proyecto de Inversión: “Mejoramiento del Fomento de las Plantaciones Forestales Comerciales para el Desarrollo Productivo Forestal en 7 Departamentos”, con Código Único de Inversión Nº 2454392, con un monto de inversión de S/ 133’291,570.00 (Ciento treinta y tres millones doscientos noventa y un mil quinientos setenta y 00/100 soles), y un plazo de ejecución de seis (6) años; asimismo, en dicho Documento Equivalente se contempla que el Componente 4: Mejora del acceso a recursos fi nancieros para plantaciones forestales comerciales, tiene como única acción: “Facilitación del acceso a fi nanciamiento para la producción forestal”, y como una de sus principales actividades: “4.1.1.2: Implementación del Fondo de Incentivos”; Que, mediante Memorando N° D000134-2024- MIDAGRI-SERFOR-PKFW, la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú precisó que el monto de inversión del Proyecto de Inversión aumento a S/ 133,312,017.00 (Ciento treinta y tres millones trescientos doce mil diecisiete con 00/100 soles), debido a un aumento en el costo de Control Concurrente señalado por la Contraloría General de la República (CGR), en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000262-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE de fecha 14 de noviembre de 2024, se aprueba los Lineamientos Nº D000001-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE, denominados “Lineamientos que regulan los mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones del Proyecto de Inversión Plantaciones del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”; Que, el artículo 94 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, durante el Año Fiscal 2025, al SERFOR, a través del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del Fondo Concursable del citado Programa, con cargo al presupuesto institucional del SERFOR, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento forestal en el país; precisando que, dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del Pliego SERFOR, previa suscripción de convenio y requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego; asimismo, se establece que la resolución del titular del Pliego se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el artículo 94 de la Ley precitada señala que el SERFOR es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos. Dichos recursos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su otorgamiento, según corresponda. Asimismo, precisa que, mediante resolución del titular del SERFOR se debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a los bene fi ciarios, así como para la evaluación por parte del SERFOR de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo establecido por dicho artículo y que el SERFOR publica, semestralmente, en su sede digital, la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas; Que, el numeral 6.3.4 del Manual de Gestión del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión Plantaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, cuya versión actualizada fue aprobada mediante el artículo 2 de la Resolución de Coordinación Ejecutiva Nº D000021-2025-MIDAGRI-SERFOR-PKFW, señala que las subvenciones son aprobadas mediante resolución del titular del pliego de SERFOR, previa suscripción de convenio e informe favorable de su O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, el numeral 7.7 y la Tabla II.10: Procedimientos para el primer desembolso del Manual de Gestión del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión Plantaciones, establecen las condiciones y el procedimiento para realizar el primer desembolso de los recursos para la ejecución de los Planes de Negocios Forestales precisando que, entre otros, se necesita abrir una cuenta corriente de uso exclusivo para el Plan de Negocio Forestal, aporte de contrapartida, carta fi anza bancaria, cheque de gerencia o solicitud de retención; Que, mediante Informe Nº D000157-2025- MIDAGRI-SERFOR-PKFW la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, sustenta la aprobación del otorgamiento de subvención hasta por la suma de S/ 371,250.00 (Trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta con 00/100 soles) a favor del Aserradero Victoria S.A.C., que ejecutará el Hito 1 de su respectivo Plan de Negocio Forestal, en el marco del Concurso 2025 del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Fomento de las Plantaciones Forestales Comerciales para el Desarrollo Productivo Forestal en 7 Departamentos”, con Código Único de Inversión 2454392, del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú. Cabe precisar que, mediante Informe Nº D000855-2025-MIDAGRI-SERFOR-KFW- PP, el Jefe del Proyecto Plantaciones precisa que la Entidad Ejecutora materia de la autorización del otorgamiento de subvención, suscribió su respectivo convenio de adjudicación de incentivos al cumplir con los requerimientos establecidos en el Manual de Gestión y Bases del Concurso; Que, con Memorando N° D001472-2025-MIDAGRI- SERFOR-GG-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR hace suyo el Informe N° D000246-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OP, a través del cual la O fi cina de Presupuesto emite opinión favorable para el otorgamiento de subvención hasta por la suma total de S/ 371,250.00 (Trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta con 00/100 soles) a favor del Aserradero Victoria S.A.C., que ejecutará el Hito 1 de su Plan de Negocio Forestal, en el marco del