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11 NORMAS LEGALES Lunes 22 de diciembre de 2025 El Peruano / los cuales se sustenta la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Empresa ELECTROSUR S.A., para fi nanciar los proyectos: a) “Recuperación de la capacidad de la Set Tacna mediante transformador de reserva, Distrito de Tacna - Provincia de Tacna - Departamento de Tacna” a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 188 929,18 o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 706 595,13; y, b) “Mejoramiento y ampliación de la Set Tomasiri 66/22.9/10 KV, distrito de Sama – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna”, a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 210 180,06 o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 786 073,42; Que, a través del Informe N° 588-2025-MINEM/ DGER-JAL remitido con Memorando N° 00538-2025/ MINEM-DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER señala que habiéndose suscrito los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus respectivas Adendas N° 01, corresponde que se emita el acto resolutivo respecto a la transferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTROSUR S.A.; Que, a través del Informe N° 410-2025/MINEM-OGPP- OPRE remitido con Memorando N° 02689-2025/MINEM- OGPP, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para que se realice la transferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTROSUR S.A., conforme a lo establecido en Centésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513; Que, mediante Informe N° 1285-2025-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la empresa ELECTROSUR S.A., en el marco del Decreto de Urgencia N° 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, en concordancia con la Centésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513; Con los vistos de la Dirección General de Electri fi cación Rural; de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Fiscal 2026; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto de Urgencia N° 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, el Decreto Supremo N° 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma total de US$ 399 109,24 (Trescientos noventa y nueve mil ciento nueve y 24/100 dólares americanos), cuyo equivalente en soles representa hasta la suma de S/ 1 492 668,55 (Un millón cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos sesenta y ocho y 55/100 Soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad S.A. - ELECTROSUR S.A., para fi nanciar los proyectos, que se detallan a continuación: PROYECTO: “RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD DE LA SET TACNA MEDIANTE TRANSFORMADOR DE RESERVA, DISTRITO DE TACNA - PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA” con CUI N° 2460026 EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural CATEGORIAPRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos PRODUCTO : 3999999 Sin producto ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de CapitalGENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y TransferenciasFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito S/ 706 595,13 PROYECTO: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA SET TOMASIRI 66/22.9/10 KV, DISTRITO DE SAMA - PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA” con CUI N° 2405755 EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos PRODUCTO : 3999999 Sin productoACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de Capital GENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito S/ 786 073,42 TOTAL: S/ 1 492 668,55 Artículo 2.- Disponer que, bajo el marco del Manual de Operaciones del Programa PIT y los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus Adendas N° 01, la Empresa ELECTROSUR S.A., deposite los recursos transferidos a la cuenta recolectora aperturada para dichos fi nes, en un plazo dos (2) días hábiles contado a partir de efectuada la transferencia a que se re fi ere el artículo 1, y conforme a las disposiciones y términos establecidos en el Contrato de Fideicomiso suscrito entre la Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER), la empresa ELECTROSUR S.A. y el Banco Scotiabank Perú S.A.A. Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para las cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus Adendas N° 01,