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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (22/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 22 de diciembre de 2025 El Peruano / por Decreto Supremo N° 083-2025-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial – BIRF/BM, hasta por la suma de US$ 70 000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), para fi nanciar parcialmente el Programa PIT; Que, con fecha 28 de febrero de 2022, se suscribió el Convenio de Préstamo N° 9288-PE entre la República del Perú y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento – BIRF, por el monto de US$ 70 000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), los mismos que serán transferidos al MINEM a través de la DGER, de fi nida como la Unidad Ejecutora del Proyecto; Que, con fechas 20 y 30 de mayo de 2022, se suscribieron los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre la empresa ELECTROSUR S.A. y la DGER, para el desarrollo de los proyectos: a) “Recuperación de la capacidad de la Set Tacna mediante transformador de reserva, Distrito de Tacna – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna”; y, b) “Mejoramiento y ampliación de la Set Tomasiri 66/22.9/10 KV Distrito Sama – Provincia Tacna – Departamento Tacna”; conforme a lo establecido en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias, su reglamento, el Decreto Supremo N° 018-2020-EM y el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (en adelante, Ley N° 32185); Que, el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, autoriza de manera excepcional, la transferencia fi nanciera que realice el MINEM a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), hasta por la suma de S/ 142 998 019.00 (Ciento Cuarenta y Dos Millones Novecientos Noventa y Ocho Mil Diecinueve y 00/100 Soles), para fi nanciar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID-19 en Perú”; Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, correspondiente a la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); en el caso del acápite v) se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 de la referida norma se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, con fecha 21 de noviembre de 2024, se suscribió la Adenda N° 01 al convenio especí fi co de fi nanciamiento entre la empresa ELECTROSUR S.A. y la DGER, para el desarrollo del proyecto “Recuperación de la capacidad de la Set Tacna mediante transformador de reserva, Distrito de Tacna – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna - CUI N° 2460026”; y, la Adenda N° 01 para el desarrollo del proyecto “Mejoramiento y ampliación de la Set Tomasiri 66/22.9/10 KV Distrito Sama – Provincia Tacna – Departamento Tacna - CUI N° 2405755”; con el objeto de modi fi car la cláusula tercera (objeto del Convenio, costo total de la inversión y aportes) y la cláusula Quinta (devolución de fi nanciamiento), y establecer el importe a ser depositado al fi deicomiso de inversión con cargo a los recursos del convenio de préstamo; Que, conforme al Manual de Operaciones del Proyecto PIT, aprobado por Resolución Viceministerial N° 026-2022-MINEM-VME, con fecha 26 de noviembre de 2024, la DGER y la empresa ELECTROSUR S.A., en calidad de Fideicomitentes suscribieron el Contrato de Fideicomiso de inversión con el Banco Scotiabank para la administración de fl ujos dinerarios en el marco de la gestión del Programa PIT; cabe precisar, que a través del Ofi cio N° 445-2025-MINEM/DGER del 12 de agosto de 2025, se solicitó la apertura de cuentas “Recolectoras” del contrato de fi deicomiso; Que, la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para la Adquisición de Bienes y Suministros N° 00743-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 16 de diciembre de 2025, que acreditó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 2 132 937,18 (Dos millones ciento treinta y dos mil novecientos treinta y siete y 18/100 soles), destinados al proyecto con CUI N° 2405755: “Mejoramiento y ampliación de la Set Tomasiri 66/22.9/10 KV Distrito Sama – Provincia Tacna – Departamento Tacna”; y, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00745-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acredita la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 1 708 945,06 (Un millón setecientos ocho mil novecientos cuarenta y cinco y 06/100 soles), destinados al proyecto con CUI N° 2460026: “Recuperación de la capacidad de la Set Tacna mediante transformador de reserva, Distrito de Tacna – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna”, a efectos que se realice la trasferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTROSUR S.A., con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, por su parte, el numeral 4.6.2.1 “Gestión del Fideicomiso” del Manual de Operaciones del Proyecto PIT, señala sobre la apertura de cuentas de fi deicomiso, lo siguiente: “La DGER-DFC, para la operatividad del Componente 1, estructurará y contratará un Fideicomiso en dólares con una sociedad fi duciaria supervisada por la SBS, que cuente con la aprobación del BM, para la administración de recursos para cada subproyecto; el contrato de Fideicomiso será suscrito entre la DGER- DFC (Fideicomitente), la EDE receptora de los recursos (Fideicomisario) y el Fiduciario (Institución Financiera), en el cual se establecerán los plazos de ejecución de las operaciones de pago, el Fiduciario transferirá a las empresas Contratistas y Supervisores, los recursos del fi nanciamiento que la DGER-DFC le otorgue, previa autorización. La fi nalidad del fi deicomiso es que los fl ujos entregados al Fiduciario sean administrados única y exclusivamente para el desarrollo y ejecución de las obras…”; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 008-2025, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera que coadyuven (en adelante, Decreto Urgencia Nº 008-2025), precisa que las transferencias fi nancieras que deben realizar los pliegos del Poder Ejecutivo, autorizadas por la Ley Nº 32185 debían de ser aprobadas hasta siete (7) días calendarios posteriores a la publicación de la citada norma; Que, de manera excepcional, los numerales 1 y 3 de la Centésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (en adelante, Ley Nº 32513), autorizan durante el Año Fiscal 2025, al MINEM para aprobar las transferencias fi nancieras a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), para fi nanciar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID -19 en Perú”; asimismo, precisa, que la citada Entidad queda exceptuada de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 008-2025; Que, mediante el Memorando N° 00259-2025/MINEM- DGER-PIT, de fecha 17 de diciembre de 2025, la Dirección Ejecutiva del Programa PIT solicitó a la DGER la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera, como consecuencia de las Adendas N° 01 a los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre ELECTROSUR S.A. y la DGER, para lo cual acompaña el Informe N° 034-2025-MINEM-DGER-PIT-JP de la Jefatura de Proyectos, el Informe N° 228-2025-MINEM/DGER/PIT-CAF de la Coordinación de Administración y Finanzas y el Informe N° 044-2025-MINEM/DGER/DFC- PIT-AL de la Asesoría Legal, todos del Proyecto PIT, en