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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2025 (15/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de enero de 2025 El Peruano / Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado en Calle Julio C Tello 551 esquina con la Calle 5 de Setiembre Nº 101 y 129, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, con O fi cio N° 39575-2024-MTC/17.03 de fecha 03 de diciembre de 2024, esta Dirección solicitó a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, informe sobre la existencia de multas impagas por infracciones al Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, en adelante Reglamento, contenidas en resolución fi rme o que haya agotado la vía administrativa; así como, si La Empresa registra sanciones fi rmes y/o han agotado la vía administrativa de “cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización”; y, si en la infraestructura inmobiliaria propuesta para el funcionamiento del CITV, se realizan Inspecciones Técnicas Vehiculares y qué CITV las realiza; sin embargo, a la fecha de emisión de la presente Resolución, no se ha obtenido respuesta de la consulta efectuada; Que, a través de la Hoja de Ruta N° E-574104-2024 de fecha 03 de diciembre de 2024, La Empresa presentó documentación complementaria relacionada a su solicitud de autorización, respecto al plano de distribución y la memoria descriptiva de la infraestructura inmobiliaria; Que, mediante Informe N° 265-2024-MTC/17.03.01/ cdcp/ramp de fecha 03 de diciembre de 2024, se concluyó que la solicitud presentada por La Empresa, en el extremo correspondiente a la infraestructura inmobiliaria, cumple con el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC-15 y sus modi fi catorias; Que, a través de la Hoja de Ruta N° E-586131-2024 de fecha 11 de diciembre de 2024, La Empresa solicitó el desistimiento de la acreditación del señor Jairo Francisco Osorio Loarte, propuesto como uno de los Inspectores para el funcionamiento de la Línea de Inspección Técnica Vehicular, en virtud a la Resolución N° 0112-2024/SEL-INDECOPI (Expediente 000736-2022/CEB), emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Propiedad Intelectual del INDECOPI; en la cual se le exime a La Empresa la exigencia de contar con 3 (tres) ingenieros automotrices, mecánicos y/o mecánicos electricistas o a fi nes y/o técnicos en mecánica automotriz por cada línea de Inspección Técnica Vehicular, dispuesto en el Reglamento; Que, con O fi cio N° 40373-2024-MTC/17.03 de fecha 12 de diciembre de 2024, noti fi cado el 13 de diciembre de 2024, se procedió a comunicar a La Empresa, la programación de la inspección In Situ, para el día 16 de diciembre de 2024, a efectos de veri fi car el cumplimiento de las condiciones para acceder a una autorización como Centros de Inspección Técnica, en el marco de lo establecido en el numeral 37.5 del artículo 37 del Reglamento; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 200-2024- MTC/17.03.01 de fecha 16 de diciembre de 2024, se realizó la inspección en el local de La Empresa, ubicado en Calle Julio C Tello 551 esquina con la Calle 5 de Setiembre Nº 101 y 129, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, constatándose el cumplimiento de las condiciones de infraestructura inmobiliaria, equipamiento y recursos humanos, señaladas en el Reglamento y la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC-15 y sus modi fi catorias; asimismo, se veri fi có que, la ubicación señalada en el Certi fi cado de Compatibilidad de Uso N° 016-2024-SGOPYDT-GDUR-MPH de fecha 29 de agosto de 2024, presentado en la inspección in situ, no estaba acorde con la ubicación propuesta para el funcionamiento del CITV; Que, a través de las Hojas de Ruta N° E-597623- 2024 y E-597909-2024 de fecha 18 de diciembre de 2024, La Empresa presentó la Resolución Sub Gerencial N° 259-2024-SGOPDT-GDUR-MPH de fecha 19 de noviembre de 2024, emitida por la Subgerencia de Obras Privadas y Desarrollo Territorial de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Huara, en la cual se recti fi ca el error material de la ubicación consignada en el Certi fi cado de Compatibilidad de Uso N° 016-2024-SGOPYDT-GDUR-MPH de fecha 29 de agosto de 2024; Que, se veri fi có en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT que, a la fecha de emisión de la presente Resolución Directoral, La Empresa no registra nulidad o sanción de cancelación y/o inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que La Empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo – CITV Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado Calle Julio C Tello 551 esquina con la Calle 5 de Setiembre Nº 101 y 129, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, en el marco de lo establecido en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular fi jo – CITV Fijo, del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento y normas complementarias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe N° 0001- 2025-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC-15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC. SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa CENTRO DE INSPECCION KALLPA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, identi fi cada con RUC N° 20605023348, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, por el plazo de cinco (05) años, en el local ubicado en Calle Julio C Tello 551 esquina con la Calle 5 de Setiembre Nº 101 y 129, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa CENTRO DE INSPECCION KALLPA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- ACREDITAR, en la nómina del personal, al siguiente personal propuesto por la empresa CENTRO DE INSPECCION KALLPA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DE PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO JORGE LUIS DAVILA RUIZINGENIERO SUPERVISOR TITULAR SHIRLEY INES CONCHA FLORESINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE FERNANDO ISAIAS VALVERDE GAVEDIA INSPECTOR WILFREDO SAMUEL ORTIZ CACERES INSPECTOR