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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2025 (31/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Viernes 31 de enero de 2025 El Peruano / Decreto Supremo N° 133-2013-EF determinan que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. En este contexto, el literal b) del artículo 60 de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 776 precisa que para la supresión de tasas o contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal; Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Expediente 053-2004PI/TC, ha delimitado los requisitos de validez y vigencia de las Ordenanzas que aprueban los arbitrios Municipales en las jurisdicciones distritales, sentencia que es vinculante y de obligatorio cumplimiento para todas las municipalidades del país; Que, mediante Ordenanza N° 173/MPC de fecha 12 de octubre de 2017, “Ordenanza que aprueba el procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Distritales en el ámbito de la Provincia de Canta” en su artículo 6°.- De la Rati fi cación de Ordenanzas que reajustan montos de ejercicios anteriores. En aplicación de lo dispuesto por el artículo 68-B de la Ley de Tributación Municipal, las Ordenanzas sobre arbitrios publicadas al 31 de diciembre de cada ano, solo podrán ser rati fi cadas siempre que la Ordenanza anterior que aprobó los montos materia de reajuste, también haya sido rati fi cada. En este caso, los montos no deberán exceder el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) fi jado por el Instituto Nacional de estadística e Informática (INEI). Que, el literal a) del artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que las municipalidades podrán imponer tasas por servicios públicos o arbitrios, de fi niéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, el artículo 55 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio. El Patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley. Asimismo, el artículo 69 de la citada Ley señala en sus numerales 1) y 2) que son rentas municipales los tributos creados a su favor, y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios respectivamente. De otro lado el numeral 29) del artículo 9 de la misma norma señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, mediante Ordenanza Nº 044-2022-CM/MDSRQ, se aprobó la “Ordenanza Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana (Serenazgo) para el ejercicio 2023 la cual fue rati fi cada por Sesión Extraordinaria de Concejo N° 006-2022 de fecha 29 de diciembre de 2022 del Concejo Municipal Provincial de Canta y mediante Ordenanza N° 063-2023-MDSRQ se aprobó la “Ordenanza Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana (Serenazgo) para el ejercicio 2024 Ratifi cado con Acuerdo de Concejo N° 075-2023-CMPC. Que, con fecha 1 de agosto de 2024, se publicó la Resolución Jefatural N° 187-2024-INEI mediante el cual aprueban Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional que en su artículo 1 aprueba el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, correspondientes al mes de julio de 2024, siendo este 1.53%. Que, con Informe N° 112-2024-GAT/MDSRQ, de fecha 03 de octubre del 2024, la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad remite: ORDENANZA E INFORME TÉCNICO: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA LA DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025”. • Que, en su artículo 6° de la Rati fi cación de Ordenanzas que reajustan montos de ejercicios anteriores. En aplicación de lo dispuesto por el artículo 68-B de la Ley de Tributación Municipal, las Ordenanzas sobre arbitrios publicadas al 31 de diciembre de cada año, solo podrán ser rati fi cadas siempre que la Ordenanza anterior que aprobó los montos materia de reajuste, también haya sido rati fi cada. En este caso, los montos no deberán exceder el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) fi jado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). • Que, con fecha 1 de agosto de 2024, se publicó la Resolución Jefatural N° 187-2024-INEI mediante el cual aprueban Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional que en su artículo 1 aprueba el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, correspondientes al mes de julio de 2024, siendo este 1.53%. • Que, mediante informe se pone de conocimiento el Informe Técnico Financiero que como anexo forma parte integrante del proyecto de Ordenanza que aprueba el marco normativo del régimen de arbitrios municipales de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives para el ejercicio fi scal 2025 con las consideraciones técnicas que ahí se exponen. • En tal sentido, esta gerencia ha elaborado el proyecto de Ordenanza que aprueba el Marco Normativo del Régimen de Arbitrios Municipales para la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives para el Ejercicio Fiscal 2025” y el Informe Técnico Respectivo que se encuentra conforme o la normatividad vigente, contenidos en la Ley Orgánica de Municipalidades del Texto Único Ordenado del Código Tributario y el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, por lo que solicito su opinión legal, para su respectiva aprobación. Que con Informe Legal Nº 0283-2024-MDSRQ/GAJ, de fecha 09 octubre del 2024, remitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, en referencia al Informe N° 112- 2024-GAT/MDSRQ, declara viable elevar el proyecto de ORDENANZA E INFORME TÉCNICO: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA LA DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025”, al concejo municipal para efectos de evaluación y de ser el caso su aprobación. Que mediante Proveído Nº 232-2024-MDSRQ/ GM, de fecha 10 de octubre del 2024, remitido por la Gerencia Municipal quien en referencia al Informe Legal Nº 0283-2024-MDSRQ/GAJ, solicita elevar al Concejo Municipal el proyecto de ORDENANZA E INFORME TÉCNICO: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA LA DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025”, efectos de evaluación y posterior aprobación de corresponder. Estando a lo dispuesto por el Artículo 20° numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 9° numeral 8), 39° y 40° y con el voto de los regidores, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025 Artículo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE Aplíquese, para el ejercicio 2025 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 044-2022-CM/MDSRQ, rati fi cada por Sesión Extraordinaria de Concejo N° 006-2022 de fecha 29 de diciembre de 2022 del Concejo Municipal Provincial de Canta. Artículo Segundo.- DETERMINACIÓN DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Para el ejercicio 2025, se aplicarán los costos y tasas establecidas por los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, establecidos en la Ordenanza Nº 063-2023- CM/MDSRQ, que fuera, rati fi cada con acuerdo de Concejo