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14 NORMAS LEGALES Jueves 13 de febrero de 2025 El Peruano / Educación Superior Pedagógica para el año 2025”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2370971-1 ENERGÍA Y MINAS Aprueban segunda modificación de concesión definitiva para desarrollar la transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Cerro Verde – S.E. Mollendo”, solicitada por Red de Energía del Perú S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2025- MINEM/DM Lima, 30 de enero de 2025 VISTOS: El Expediente Nº 14076097 sobre la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Cerro Verde – S.E. Mollendo”, cuyo titular es la empresa RED DE ENERGÍA DEL PERÚ S.A.; la solicitud de modi fi cación de la concesión presentada por la empresa RED DE ENERGÍA DEL PERÚ S.A.; los Informes Nros. 057-2025-MINEM/DGE-DCE y 082-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 062-2025-MINEM/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 040-98-EM, publicada el 24 de abril de 1998, se otorgó a favor de la Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. - ETESUR la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Cerro Verde – S.E. Mollendo” (en adelante, la CONCESIÓN) y, en consecuencia, se aprobó el Contrato de Concesión Nº 114-98; Que, mediante Resolución Suprema Nº 050-2002- EM, publicada el 21 de noviembre de 2002, se aprueba la transferencia de la CONCESIÓN por parte de ETESUR a favor de la empresa RED DE ENERGÍA DEL PERÚ S.A. (en adelante, REP), siendo esta última la que asume todos los derechos y obligaciones derivados de la mencionada concesión; Que, mediante Resolución Suprema Nº 068-2010- EM, publicada el 19 de noviembre de 2010, se aprueba la primera modi fi cación de la CONCESIÓN, en el aspecto referido a la extensión de la citada línea de transmisión, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modi fi cación del recorrido en un (01) tramo de la Línea de Transmisión debido a razones de orden técnico; asimismo, se aprobó la primera modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 114-98; Que, mediante documento ingresado con Registro Nº 3823291, de fecha 27 de agosto de 2024, REP solicita la segunda modi fi cación de la CONCESIÓN a fi n de modi fi car la con fi guración de dicha línea en los siguientes tramos: “S.E. Cerro Verde – S.E. Repartición”, “S.E. Repartición – S.E. Chaparral”, y “S.E. Chaparral – S.E. Mollendo”, por la derivación efectuada hacia la Subestación Repartición (de titularidad de la empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.), y la Subestación Chaparral (de titularidad de la empresa GR Cortarrama S.A.C.); Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la aprobación de solicitudes de modi fi cación de concesiones o autorizaciones, cuando corresponda, están sujetas a la actualización de los requisitos y veri fi cación de las condiciones previstas en dicho artículo, y las normas de inversión privada correspondientes; Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la modi fi cación de concesiones y/o autorizaciones están sujetas a la actualización de los requisitos de su otorgamiento establecidos en el artículo 25 de la Ley, cuando corresponda; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud cumple con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, así como con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; Que, en consecuencia, corresponde aprobar la segunda modi fi cación de la CONCESIÒN y del Contrato de Concesión Nº 114-98, en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, insertando en ésta el texto de la presente Resolución Ministerial, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modi fi catorias; y la Resolución Ministerial Nº 438- 2017-MEM/DM, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 084-2019-MEM/DM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la segunda modi fi cación de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Cerro Verde – S.E. Mollendo”, solicitada por RED DE ENERGÍA DEL PERÚ S.A., por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar la segunda modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 114-98 solicitada por RED DE ENERGÍA DEL PERÚ S.A., en lo referido a modi fi car el Anexo Nº 2, el literal d) del numeral 2.1 y el numeral 3 del Anexo Nº 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta que contiene la segunda modi fi cación del Contrato de Concesión Nº 114-98, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente, y las minutas aclaratorias que correspondan. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la primera modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 114-98, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario