TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de febrero de 2025 El Peruano / aplicación del Fondo para la continuidad de Inversiones de los gobiernos locales, aprobado mediante la Resolución Directoral N° 0001-2025-EF/50.01; DECRETA:Artículo 1. Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 934 866 599,00 (NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de diversas inversiones, que fueron fi nanciadas en el Año Fiscal 2024 con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y cuyos créditos presupuestarios fueron comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2024, en el marco del artículo 15 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del “Fondo para la continuidad de Inversiones de los gobiernos locales”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001253 : Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y transferencias 934 866 599,00 ============ TOTAL EGRESOS 934 866 599,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de activos no financieros 934 866 599,00 ============ TOTAL EGRESOS 934 866 599,00 ============ 1.2 El detalle de los pliegos y los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales para fi nanciar la continuidad de la ejecución de inversiones”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga de sus veces en los pliegos involucrados, elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2375146-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Gobierno Regional de Áncash DECRETO SUPREMO Nº 026-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 88 300 000,00 (OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los gobiernos regionales, para fi nanciar la operación y el mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo trimestre del año 2024; Que, asimismo, el numeral 42.1 del referido artículo dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último. Para la aprobación de las referidas modi fi caciones presupuestarias, el Ministerio de Salud, mediante informe técnico del área correspondiente, debe validar previamente el Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el gobierno regional, según corresponda, el cual debe encontrarse alineado a la gradualidad de la entrada en funcionamiento de los servicios. Dichos establecimientos de salud deben implementar la programación de turnos y citas en un aplicativo informático dispuesto para ello. Los gobiernos regionales a los que se les hayan transferido recursos en el marco del citado numeral deben garantizar el fi nanciamiento correspondiente en los años fi scales siguientes. Asimismo, emiten un informe técnico sobre el avance físico y fi nanciero en el marco de su Plan de Implementación Multianual, el cual se remite al Ministerio de Salud y se publica en las sedes digitales de dichas entidades hasta el 16 de febrero de 2026; Que, mediante el O fi cio N° D000353-2025-SG- MINSA, el Ministerio de Salud solicita Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año