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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (26/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de febrero de 2025 El Peruano / GRADOS DE PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD Y AFINIDAD 1º GradoPadres Hijo(a) Suegro(a)Yerno/ NueraHijo(a) del cónyuge que no es hijo del servidor 2º GradoNieto(a) Hermano(a) Abuelo(a) Cuñado(a)Nieto(a) (hijo del hijo del cónyuge que no es hijo del servidor) 3º GradoBisnieto(a)/ Bisabuelo(a)Tío(a) Sobrino(a) 4º GradoTataranieto(a)/ Tatarabuelo(a)Primo(a) hermano(a)Tío(a) Abuelo(a) / Sobrino(a) nieto(a) Leyenda: Consanguinidad A fi nidad Nota: El matrimonio produce parentesco de afinidad entre cada uno de los cónyuges con los parientes consanguíneos del otro. Cada cónyuge se halla en igual línea de grado de parentesco por afinidad que el otro por consanguinidad. La afinidad en línea recta no acaba por la disolución del matrimonio que la produce. Subsiste la afinidad en segundo grado de la línea colateral en caso de divorcio y mientras viva el ex cónyuge (artículo 237 del Código Civil). ANEXO N° 06 DECLARACIÓN JURADA Yo, _____________________________, identi fi cado con D.N.I. número ______________________, domiciliado en ____________________, distrito de ___________, provincia de ____________, departamento de ___________; de conformidad con lo regulado por el Decreto Legislativo N° 1685, que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1328. DECLARO BAJO JURAMENTO 1. Ser profesional con conocimientos en asuntos criminológicos y/o penitenciarios. 2. No tener inhabilitación vigente para contratar con el Estado ni para el ejercicio de la función pública. Tampoco haber tenido previamente una inhabilitación administrativa o judicial. 3. No haber sido declarado insolvente o haber ejercido cargos directivos en personas jurídicas declaradas en insolvencia. Expreso bajo declaración jurada de acuerdo con ley, que los datos contenidos en el presente documento son verdaderos. Lima, __ de _______ de 202_ _________________________________ Nombre: D.N.I. N° Nota : Declaro bajo juramento que lo mencionado responde a la verdad de hechos y que tengo conocimiento que si lo declarado es falso, estoy sujeto a las sanciones contenidas en la Ley N° 27444 – “Ley del Procedimiento Administrativo General” y a lo dispuesto en los artículos 411° y 438° del Código Penal, que establece” … será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de 04 años, los que hacen una falsa declaración violando el principio de veracidad y aquellos que cometen falsedad, simulando o alterando la verdad. 2375145-1FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0068-2025-JUS A solicitud del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0068-2025-JUS, publicada en la edición del día 22 de febrero de 2025. - En los considerandos DICE: “Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 el Decreto Legislativo N° 1049, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1232, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2022-JUS y normas conexas; conforme consta del Acta de Adjudicación de Resultados Finales del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Lambayeque (Concurso N.° 001-2024-CNLAMB/LAMBAYEQUE-PERÚ), convocado por el Colegio de Notarios de Lambayeque, al haberse cumplido con las diferentes fases del referido concurso público, el señor abogado RUÍZ CASTILLO, JUAN MANUEL, ha resultado ganador de la plaza notarial N° 130201018, ubicada al distrito de Ferreñafe, provincia de Ferreñafe, departamento de Chiclayo , Distrito Notarial de Lambayeque”; DEBE DECIR: “Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 el Decreto Legislativo N° 1049, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1232, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2022-JUS y normas conexas; conforme consta del Acta de Adjudicación de Resultados Finales del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Lambayeque (Concurso N.° 001-2024-CNLAMB/LAMBAYEQUE-PERÚ), convocado por el Colegio de Notarios de Lambayeque, al haberse cumplido con las diferentes fases del referido concurso público, el señor abogado RUÍZ CASTILLO, JUAN MANUEL, ha resultado ganador de la plaza notarial N° 130201018, ubicada al distrito de Ferreñafe, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque , Distrito Notarial de Lambayeque;” - En el artículo 1 DICE: “Artículo 1.- Nombrar al señor abogado RUÍZ CASTILLO, JUAN MANUEL, como notario del distrito de Ferreñafe, provincia de Ferreñafe, departamento de Chiclayo , Distrito Notarial de Lambayeque, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.” DEBE DECIR: “Artículo 1.- Nombrar al señor abogado RUÍZ CASTILLO, JUAN MANUEL, como notario del distrito de Ferreñafe, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque , Distrito Notarial de Lambayeque, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.” 2374899-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0071-2025-JUS A solicitud del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0071-2025-JUS, publicada en la edición del día 22 de febrero de 2025.