Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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38 NORMAS LEGALES Jueves 10 de julio de 2025 El Peruano / Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 916- 2025 de la vigésima octava sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Piura, de fecha 2 de julio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, el inicio de funcionamiento del “3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con competencia exclusiva para atender las diligencias llevadas a cabo en cámara Gesell del Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) de dicha Corte Superior, en la Sede Independencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Artículo Segundo.- Disponer que el 16º, 17º y 18º Juzgado de Investigación Preparatoria permanente subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, redistribuya 80 expedientes cada uno, pendientes de realizar audiencia de cámara Gesell, cuyas audiencias se deberán realizar en el periodo de tres meses, luego del cual el equipo del PPoR RVcM 1002 deberá, previa evaluación de los resultados físicos, proponer una nueva redistribución de expedientes. Artículo Tercero.- Disponer que el 3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, concluida la diligencia de cámara Gesell y las acciones que correspondan según su función para la idoneidad de esta prueba, devuelva inmediatamente los expedientes a su juzgado de origen para su trámite correspondiente, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Establecer que la administradora del Módulo de Sanción Penal deberá veri fi car que la redistribución y devolución de expedientes en trámite se realice de la manera más célere y e fi ciente, a afecto de no afectar los procesos en curso. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Facultar a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a emitir las acciones correspondientes, a fi n de operativizar lo dispuesto precedentemente, sin perjuicio de coordinar con los integrantes del Equipo de Implementación Distrital del Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) para su e fi cacia. Artículo Séptimo.- Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Corte Superior de Lima Norte; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2417734-1Aprueban implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000227-2025-CE-PJ Lima, 8 de julio del 2025 VISTOS: El O fi cio N° 000056-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000056-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la propuesta de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en el marco de la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ y política institucional de transformación digital que promueve el Poder Judicial. Segundo. El Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ y modi fi cado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE- PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil cuatrocientos dos órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial, Civil subespecialidad Constitucional en materia de acción de amparo y Civil-Litigación Oral, así como en