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34 NORMAS LEGALES Jueves 10 de julio de 2025 El Peruano / VISTOS: La Ley N° 27332 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM (la Ley y su Reglamento); la Resolución de Consejo Directivo N° 060-2025-CD/OSIPTEL; y el Informe N° 00001-CE.CU/2025 del Comité Electoral del 3 de julio de 2025. CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM (en adelante, Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores), corresponde al Consejo Directivo de cada organismo regulador determinar el número de miembros del Consejo de Usuarios, así como las normas aplicables a los procesos correspondientes. Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 060-2025-CD/OSIPTEL, publicada en el diario o fi cial El Peruano el día 25 de junio de 2025, se aprobó el Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, el cual establece la conformación del Consejo de Usuarios, así como las reglas del proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuarios del Osiptel; Que, en atención al próximo cese de funciones de los actuales miembros del Consejo de Usuarios 2023-2025, resulta necesario emitir las disposiciones correspondientes para la elección del Consejo de Usuarios correspondiente al período 2025-2027, a fi n de no afectar su continuidad; Que, de acuerdo con el artículo 20 del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores, corresponde al Presidente Ejecutivo del OSIPTEL efectuar la convocatoria correspondiente a dicha elección; Con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y con la conformidad de la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Convocatoria Convóquese al proceso de elección de miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2025-2027 (el Consejo), que estará representado por un mínimo de tres (3) miembros y un máximo de nueve (9) miembros de diferentes regiones. Artículo 2.- Propuesta de Candidatos Pueden inscribirse y presentar candidatos al proceso de elección, las siguientes organizaciones: 2.1 Las asociaciones de consumidores y usuarios que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el Registro Público correspondiente a su región, y cuyo domicilio principal se encuentre ubicado en la misma región a la que pertenece el candidato propuesto; 2.2 Los colegios profesionales ubicados a nivel regional o Consejos Departamentales, cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones; 2.3 Las universidades públicas y privadas que se encuentren ubicadas a nivel regional, que cuenten con facultades relacionadas con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones, tales como Derecho, Ingeniería y de Economía; y, 2.4 Las organizaciones sin fi nes de lucro constituidas a nivel regional, vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones; y las organizaciones del sector empresarial no vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones. Cada organización puede presentar sólo un (1) candidato. Para dichos efectos, debe entregar la fi cha de presentación debidamente llenada y fi rmada, adjuntando la información requerida en ella y cumplir los requisitos de candidato elegible, conforme a lo establecido en los artículos 11 y 13 del Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones.Artículo 3.- Procedimiento del proceso electoral y priorización por regiones En el anexo 1, 2 y 3 de la presente convocatoria se establece el procedimiento del proceso electoral, la priorización de regiones y los centros de votación para el caso en que los candidatos elegibles requieran apoyo en la votación digital. Artículo 4.- Cronograma del proceso de elección Aprobar el siguiente cronograma del proceso de elección, el cual será publicado en la página web institucional del OSIPTEL. Etapa Plazos Inscripción en el Padrón Electoral / Presentación de Candidatos - Fecha límite 20/08/2025 Publicación de candidatos elegibles 16/09/2025 Elección, escrutinio y proclamación 26/09/2025 Fecha máxima de difusión de resultados y publicación 06/10/2025 Artículo 5.- Notifi cación Encargar a la Gerencia General disponer de las acciones necesarias para la noti fi cación de la presente resolución, vía correo electrónico, a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios señaladas en el Registro del INDECOPI, en concordancia con las disposiciones emitidas mediante el Decreto Supremo N° 075-2023-PCM. Artículo 6.- Publicación Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para: 6.1 La publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en la página web institucional. 6.2 La publicación del aviso de convocatoria en un diario local de mayor circulación de cada una de las regiones y/o en un diario de mayor circulación a nivel nacional, así como en la página web institucional y en carteles colocados en lugares visibles del OSIPTEL y de las O fi cinas Regionales de Servicios. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUÍN Presidente Ejecutivo (e) ANEXO 1 SISTEMA DE VOTACIÓN EN LÍNEA El Comité Electoral podrá establecer, precisar o modi fi car los aspectos necesarios para el buen desarrollo del Sistema de Votación, debiendo comunicarlo a todas las Organizaciones participantes, con una anticipación no menor de un día hábil previo a la realización del acto de elección. ÚNICA VOTACIÓN : Se eligen los candidatos con mayor cantidad de votos válidos, cumpliendo las reglas de selección y representación regional. El proceso electoral se realizará de forma virtual. De manera, excepcional los Representantes que ejerzan el derecho a voto y que requieran del servicio de acceso a Internet para ingresar a la plataforma de votación virtual, previa comunicación expresa, podrán utilizar cualquiera de las sedes del Osiptel (Anexo 3). 1. Envío de credenciales (08:00 horas)El Comité Electoral enviará por correo electrónico a cada representante acreditado: - Enlace a la plataforma de votación. - Usuario y contraseña.