Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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53 NORMAS LEGALES Jueves 10 de julio de 2025 El Peruano / en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro, por la necesidad de servicio descrita en el segundo párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 00087-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 8 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Alberto Bautista Hernandez, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Arequipa y su designación en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Arequipa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 114-2025-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2025. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Luis Alberto Bautista Hernandez, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Luis Alberto Bautista Hernandez, que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2417793-4 Nombran fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2099-2025-MP-FN Lima, 9 de julio de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 002600-2025-MP-FN-PJFS- LAMBAYEQUE, de fecha 1 de julio de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, mediante el cual se solicita cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial transitoria en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/ TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal incrementando la capacidad resolutiva de los casos fi scales que se encuentran en proceso de atención y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad” , se hace necesario emitir el acto resolutivo a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 001-2025-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 8 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Miguel Llugomir Tesen Añazco, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2417793-5 Designan fiscal en el 2º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2100-2025-MP-FN Lima, 9 de julio de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por la Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo