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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2025 (10/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 10 de julio de 2025 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza Municipal que aprueba la creación de 5 Juntas Vecinales y ratifica la creación de 11 Juntas Vecinales ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2025- MDSA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria N° 010-2025-CM/MDSA, celebrada el 20 de mayo del 2025, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: DICTAMEN N° 012-2025-CODTI/CMMDSA de fecha 06 de mayo del 2025, DICTAMEN N° 013-2025-CODTI/ CMMDSA de fecha 06 de mayo del 2025, DICTAMEN N° 014-2025-CODTI/CMMDSA de fecha 06 de mayo del 2025, DICTAMEN N° 015-2025-CODTI/CMMDSA de fecha 06 de mayo del 2025, DICTAMEN N° 016-2025-CODTI/ CMMDSA de fecha 06 de mayo del 2025, y RESOLUCION DE ALCALDIA 049-2022-A/MPMN de fecha 24 de enero del 2022, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, se tiene que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, los artículos 39 y 40 de la Ley N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 9. Inciso 8 de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, Una de las Atribuciones del Concejo Municipal es: Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo en el artículo 20” Incisos 4 y 5, establecen que las atribuciones del Alcalde son: “Proponer al concejo municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos” y “Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación; y en el artículo 40” Indica: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa”; (…), en concordancia con el inciso 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Perú; Que, mediante DICTAMEN N° 012-2025-CODTI/ CMMDSA de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Territorial e Infraestructura APROBANDO la Creación de la Junta Vecinal denominada “Forestación Binacional”; conformada por las Asociaciones “Los Pinos”, “Agroindofor”, “Moqueguanita Higueral”, “Forestación Binacional”, “San Antonio y Nuevo Horizonte” del distrito de San Antonio, provincia Mariscal Nieto, departamento Moquegua como una organización autónoma sin fi nes de lucro, que tendrá como fi nalidad ejercer su derecho de participación vecinal en concordancia con la Ley N° 28056 - Ley del Marco del Presupuesto Participativo, que regula la participación vecinal en la Municipalidad Distrital de San Antonio, mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante DICTAMEN N° 013-2025-CODTI/ CMMDSA de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Territorial e Infraestructura APROBANDO la Creación de la Junta Vecinal denominada “Tres Quebradas Nueva Rinconada”; conformada por las Asociaciones “El Sol”, “Criadores de Porcinos San Martin de Porres RM - Valle”, “Los Porkys”, “Las Belgas”, “El Porvenir”, “Las Terrazas”, “Unidos al Desarrollo”, “Chen Chen”, “Los Molles”, “Agrícola Los Vencedores”, “El Buen Pastor”, “Las Higuerillas”, “Irrigación Rio Seco del Valle Moquegua”, “Monte Horeb y Nueva Rinconada” del distrito de San Antonio, provincia Mariscal Nieto, departamento Moquegua como una organización autónoma sin fi nes de lucro, que tendrá como fi nalidad ejercer su derecho de participación vecinal en concordancia con la Ley N° 28056 - Ley del Marco del Presupuesto Participativo, que regula la participación vecinal en la Municipalidad Distrital de San Antonio, mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante, DICTAMEN N° 014-2025-CODTI/ CMMDSA de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Territorial e Infraestructura APROBANDO la Creación de la Junta Vecinal denominada “Montalvo”, conformada por las asociaciones “Residentes de la Comunidad Campesina de Pachas en Moquegua”, “Tocinos de Montalvo” del distrito de San Antonio, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua como una organización autónoma sin fi nes de lucro, que tendrá como fi nalidad ejercer su derecho en participación vecinal en concordancia con la Ley N° 28056 - Ley del Marco del Presupuesto Participativo, que regula la participación vecinal en la Municipalidad Distrital de San Antonio, mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante DICTAMEN N° 015-2025-CODTI/ CMMDSA de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Territorial e Infraestructura APROBANDO la Creación de la Junta Vecinal denominada “Calaluna”, conformada por vecinos y agricultores que anteriormente pertenecían a la Junta Vecinal Santa Rosa, del distrito de San Antonio, provincia Mariscal Nieto, departamento Moquegua como una organización autónoma sin fi nes de lucro, que tendrá como fi nalidad ejercer su derecho en participación vecinal en concordancia con la Ley N° 28056 - Ley del Marco del Presupuesto Participativo, que regula la participación vecinal en la Municipalidad Distrital de San Antonio, mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante DICTAMEN N° 016-2025-CODTI/ CMMDSA de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Territorial e Infraestructura APROBANDO la Creación de la Junta Vecinal denominada “El Farallón”, conformada por las Asociaciones “Tradición Moqueguana”, “CUA - 2”, “Rancho Grande”, “Cisne Blanco”, “Monterrey”, “Cerro Veracruz”, “Flor de Liz”, “Villa Flor de Liz”, “Pirámides”, “Alberto Cuayla”, “02 de Octubre”, “Las Lomas”, “Las Esteritas”, “28 de Julio” del distrito de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, departamento Moquegua como una organización autónoma sin fi nes de lucro, que tendrá como fi nalidad ejercer su derecho de participación vecinal en concordancia con la Ley N° 28056 - Ley del Marco del Presupuesto Participativo, que regula la participación vecinal en la Municipalidad Distrital de San Antonio, mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 026-2011- MPMN se crean 11 Juntas Vecinales con la siguiente denominación: