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58 NORMAS LEGALES Jueves 10 de julio de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Lesly Laura Castillo Villanueva, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2417793-12 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan difusión en consulta pública de proyecto normativo que incorpora precisiones y el manual para la identificación de tipologías estructurales como Anexo II en el Reglamento para la Constitución de la Reserva de Riesgos Catastróficos RESOLUCIÓN SBS N° 02385-2025 Lima, 8 de julio de 2025 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se encarga de regular, supervisar y fi scalizar las entidades del sistema fi nanciero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N.º 26702, la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, cuyo Texto Único Ordenando fue aprobado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF y otras leyes; Que, mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley N.º 26702 se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos; Que, dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS que establece el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, así como con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;Que, la Superintendencia como resultado de la experiencia adquirida en la aplicación y supervisión de las disposiciones del Reglamento para la Constitución de la Reserva de Riesgos Catastró fi cos, aprobado por Resolución SBS N° 3661-2021, y a fi n de facilitar el adecuado cumplimiento de dichas disposiciones, considera pertinente precisar algunos artículos del citado Reglamento, así como contar con instrucciones especí fi cas respecto a la identi fi cación de los nuevos tipos de estructuras de edifi caciones peruanas que incluye el citado Reglamento, a fi n de que tanto los corredores de seguros y otros canales de comercialización sigan dichas instrucciones para categorizar las características de los inmuebles que se aseguren; Que, para incorporar dichas instrucciones para la mencionada identi fi cación se requiere aprobar un manual que desarrolle una metodología para la determinación de las tipologías estructurales, con ello se mejorará la calidad de información que se reporta en las bases de datos de inmuebles asegurados contra el riesgo de terremoto y tsunami y, como consecuencia, mejorar la estimación de la reserva de riesgos catastró fi cos; Que, en cumplimiento de lo antes referido la Superintendencia dispone aprobar mediante resolución de Superintendencia sus proyectos normativos y publicarlos en su sede digital con el objetivo de asegurar la participación efectiva del público en general; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Seguros, Banca y Micro fi nanzas y de Regulación y Jurídica, así como de la Gerencia de Estudios Económicos; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la difusión en consulta pública del proyecto normativo que incorpora precisiones y el manual para la identi fi cación de tipologías estructurales como Anexo II en el Reglamento para la Constitución de la Reserva de Riesgos Catastró fi cos, aprobado mediante Resolución SBS N° 3661-2021, en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- El plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo señalado en el artículo anterior es de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2417022-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Ordenanza Regional que aprueba la actualización del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027 Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional N° D12-2023-GR.CAJ/CR CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° D7-2025-GR.CAJ/CR Cajamarca, 2 de julio de 2025