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10 NORMAS LEGALES Lunes 14 de julio de 2025 El Peruano / 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área expropiada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción registral del área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer qu e el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 477-2025-MTC/01.02 Lima, 10 de julio de 2025VISTOS: La Comunicación HLS.123.25-GOP de la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., el Informe N° 0307-2025-MTC/12 y el Memorando N° 0811-2025-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MALA - CALANGO - LA CAPILLA" N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1Ministerio de Transportes y Comunicaciones – PROVIAS NACIONALAMADOR FRANCIA TORRESCÓDIGO: MAL-TA-448Área total afectada: AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 2 697,0053.94 m2 Linderos y medidas perimétricas del área afectada: ° Por el Norte: Colinda con el predio inscrito en la Partida N° 90135201, con una longitud de 20.28 m.° Por el Sur: Colinda con la Carretera Mala - Calango - La Capilla, con una longitud de 20.22 m.° Por el Este: Colinda con el predio de terceros, con una longitud de 2.55 m.° Por el Oeste: Colinda con el predio de terceros, con una longitud de 2.87 m. Partida Registral N° 90135201 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX - Sede Lima. Informe Técnico N° 057-2024-JSAV de fecha 20 de abril de 2024, suscrito por Verificador Catastral.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice LadoDistancia (ml)WGS 84 Este (X) Norte (Y) A A-B 7.86 330261.3431 8614973.2737 B B-C 12.42 330268.7039 8614970.5247 C C-D 2.55 330280.0755 8614965.5226 D D- E 2.87 330279.5351 8614963.0337 E E-F 16.14 330276.9451 8614964.2736 F F-G 1.21 330261.9051 8614970.1236 G G-A 2.87 330260.7451 8614970.4636 2418877-1