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13 NORMAS LEGALES Lunes 14 de julio de 2025 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 175-2025- VIVIENDA Lima, 11 de julio de 2025 VISTOS: El O fi cio N° 000192-2025-MTPE/1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Informe N° 0569-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), aprobado por la Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100, el CONAFOVICER está conformado por siete miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, nombrado por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 424-2022-VIVIENDA, se designa al señor Guillermo Julio Miranda Hurtado como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 y en el literal e) del artículo 8 del Estatuto del CONAFOVICER, los integrantes del CONAFOVICER que representan al Poder Ejecutivo son de libre designación y remoción, y ejercen dicha representación en tanto se mantenga su designación, siendo una causal de vacancia en el cargo de los representantes del Poder Ejecutivo, la remoción de su representación; Que, con el documento del visto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comunica al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la decisión de remover a su representante ante el CONAFOVICER; y, solicita se designe en su reemplazo a la señora Diana Rocío Torres Millones; Que, a través del Informe N° 0569-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, desde el punto de vista legal, opina que es viable la emisión de la Resolución Ministerial que dé por concluida la designación del señor Guillermo Julio Miranda Hurtado como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, se designe como nueva representante a la señora Diana Rocío Torres Millones; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modi fi catoria; y, la Resolución Suprema N° 266-77/ VC-1100, que aprueba el Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Guillermo Julio Miranda Hurtado, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER), efectuada por Resolución Ministerial N° 424-2022-VIVIENDA; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Diana Rocío Torres Millones como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2418872-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar actividad a favor de la Municipalidad Distrital de Ancón RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000135-2025-DV-PE Mira fl ores, 11 de julio del 2025 VISTO: El Memorando N° 001935-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego,