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3 NORMAS LEGALES Lunes 21 de julio de 2025 El Peruano / Que, asimismo, siendo que el Perú presidió el Foro APEC en el año 2024, es importante contar con una participación activa y dar continuidad a las diversas iniciativas lideradas por el MINCETUR. Ello incluye, entre otros, asistir activamente en todas las reuniones que se convoquen y presentar los proyectos y actividades propuestos y aprobados, de modo que las decisiones adoptadas en el año 2024 sean consideradas para su implementación; Que, por tanto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del siguiente personal del Viceministerio de Comercio Exterior: señor Julio José Chan Sánchez, Coordinador General APEC de la Dirección de Asuntos Multilaterales, y de las señoritas Liz Alejandra Pancorvo Dávila y Kathya Lizeth Vílchez Chávez, profesionales de la Dirección de Asuntos Multilaterales, para que en representación del MINCETUR participen en dichos eventos, exponiendo y promoviendo los intereses peruanos en asuntos vinculados al comercio y la inversión; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Incheon, República de Corea, del personal que a continuación se detalla, en las fechas que se indican, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en las reuniones del Foro de Cooperación Económica de Asia Pací fi co – APEC a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial: Nombres y ApellidosCargoFecha de viaje Julio José Chan SánchezCoordinador General APEC de la Dirección de Asuntos Multilaterales4 al 17 de agosto de 2025 Liz Alejandra Pancorvo Dávila Dirección de Asuntos Multilaterales30 de julio al 11 de agosto de 2025 Kathya Lizeth Vílchez ChávezDirección de Asuntos Multilaterales4 al 17 de agosto de 2025 Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Viáticos por día US$Total Viáticos US$ Julio José Chan Sánchez3 900,00 500,00 x 10 5 000,00 Liz Alejandra Pancorvo Dávila3 900,00 500,00 x 9 4 500,00 Kathya Lizeth Vílchez Chávez3 900,00 500,00 x 10 5 000,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución Ministerial, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2421264-1 PRODUCE Aprueban Normas Técnicas Peruanas y textos afines sobre productos de acero, máquinas eléctricas rotativas y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000016-2025- INACAL/DN San Isidro, 14 de julio del 2025 VISTO: El acta de fecha 27 de junio de 2025 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y textos afi nes a las Actividades de normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Biotecnología y bioseguridad de organismos vivos modi fi cados, b) Productos agroindustriales de exportación, c) Sacha inchi y sus derivados, d) Aceros y aleaciones relacionadas e) Uso racional de energía y e fi ciencia energética,