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5 NORMAS LEGALES Jueves 24 de julio de 2025 El Peruano / de más de dos operadores, de los cuales ocho (8) procesos corresponden al ámbito marítimo, cuatro (4) procesos en el ámbito aéreo y un (1) proceso en el ámbito terrestre, concluyendo que seis (6) procesos con grado de complejidad para su digitalización requieren un periodo entre 9 a 12 meses para su implementación por parte de las líneas navieras, agentes marítimos, agentes de carga internacional y depósitos temporales, según corresponda; Que, mediante el Informe Nº 002-2025-MINCETUR/ VMCE/DGFCE/DFCE-FHT la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Viceministerio de Comercio Exterior, remite emite opinión favorable para que mediante Resolución Ministerial se aprueben los plazos para la digitalización de los procesos con grado de complejidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo Nº 1492, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para la reactivación, continuidad y e fi ciencia de las operaciones vinculadas a la cadena logística de comercio exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2021-MINCETUR; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la relación de procesos de mayor complejidad y sus plazos de implementación Aprobar la relación de procesos que presentan mayor grado de complejidad en su implementación y los plazos establecidos para su implementación, por parte de los Agentes de Carga Internacional, Agentes Marítimos, Líneas Navieras y Depósitos Temporales, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, los cuales se computan a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo ANEXO I RELACIÓN DE PROCESOS DE MAYOR COMPLEJIDAD Y SUS PLAZOS DE IMPLEMENTACIÓN EN EL ÁMBITO MARÍTIMO PROCESOALCANCE DEL PROCESOOPERADOR RESPONSABLEPLAZO 1. Transmisión de información pre arribo nave e ingreso de carga a almacénComprende actividades desde solicitar el direccionamiento de carga hasta el ingreso de mercancía al almacénAgente de Carga Internacional9 MESES 2. Liberación ComercialComprende actividades desde la solicitud de la autorización comercial hasta la comunicación al Depósito TemporalAgente de Carga Internacional9 MESES Agente Marítimo 9 MESES Líneas Navieras o sus Representantes9 MESES 3. Contratación del Transporte InternacionalComprende actividades desde la solicitud de cotización de transporte internacional hasta la transmisión de la reserva de la carga (RCA)Agente de Carga Internacional9 MESESANEXO II RELACIÓN DE PROCESOS DE MAYOR COMPLEJIDAD Y SUS PLAZOS DE IMPLEMENTACIÓN EN EL ÁMBITO AÉREO PROCESO ALCANCE DEL PROCESOOPERADOR RESPONSABLEPLAZO 1. Liberación ComercialComprende actividades desde la solicitud de la autorización comercial hasta que se informa al Depósito Temporal su otorgaciónAgente de Carga Internacional9 MESES 2. Gestión del retiro de cargaComprende actividades desde el pago de los derechos arancelarios hasta la recepción de la carga por parte del importadorDepósito Temporal12 MESES 3. Ingreso de carga a Almacén AduaneroComprende actividades desde el recojo de la mercancía hasta su transmisión de recepción de la carga (RM)Agente de Carga Internacional9 MESES Comprende actividades desde el recojo de la mercancía hasta su transmisión de recepción de la carga (RM)Depósito Temporal9 MESES 2422196-1 Autorizan viaje de asesora del Despacho Ministerial, a Japón e Indonesia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2025- MINCETUR Lima, 22 de julio de 2025 VISTO, el Memorándum Nº 077-2025-MINCETUR/ DM/GA de la Jefa del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo. Además, es responsable de impulsar la promoción, atracción, retención y expansión de la inversión extranjera directa en emprendimientos destinados a la generación de bienes y servicios, para fi nes distintos a la infraestructura y servicios públicos, de preferencia que incrementen la oferta exportable y el turismo; Que, en dicho marco, PROMPERÚ desarrolla actividades destinadas a consolidar la presencia del Perú en mercados estratégicos. Para el año 2025, se han programado acciones promocionales en Japón, orientadas a fortalecer el posicionamiento del país como destino atractivo para el comercio, la inversión y el turismo, las mismas que contarán con la participación de la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, en la ciudad de Tokio, Japón, el 7 de agosto de 2025, PROMPERÚ y el Consejo Empresarial Peruano Japonés (CEPEJA), han organizado los siguientes eventos: la XVI Reunión Bilateral entre CEPEJA Perú y CEPEJA Tokio, a fi n de fortalecer los vínculos empresariales, intercambiar experiencias y de fi nir líneas