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52 NORMAS LEGALES Domingo 1 de junio de 2025 El Peruano / realizadas dentro de un plazo de quince días hábiles, a fi n de continuar con el procedimiento solicitado; Que, a través del Expediente N° 2023-01-0000171933 de fecha 22 de noviembre de 2023, el Seguro Social de Salud - ESSALUD levantó las observaciones formuladas por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y solicitó se continúe con el trámite correspondiente; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, mediante Informes N° 030 y N° 31-2024/MPC-GDU-SGPUC de fecha 10 de enero de 2024, comunica que, en relación a los documentos técnicos ambientales, deberá ser el Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección al Medio Ambiente quien emita opinión conforme a sus funciones asignadas. Asimismo, en relación a los documentos técnicos viales deberá ser el Órgano Desconcentrado del Servicio de Tránsito, Transportes y Movilidad Urbana quien emita opinión conforme a sus funciones; Que, la Subgerencia de Control Ambiental del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección al Medio Ambiente, a través del Informe N° 054-2024-MPC/ODSSCPMA-SGCA de fecha 06 de febrero de 2024, hace suyo el Informe N° 010-2024-MPC/ ODSSCPMA-SGCA-AGR, con el cual concluye que el cambio de zoni fi cación de Educación (E) a Salud (H) no afectará los niveles de ruido máximo permitido (ECA), manteniéndose los mismos valores de acuerdo al Decreto Supremo N° 085-2003-PCM. Asimismo, la propuesta de un área de amortiguamiento (plantación de árboles) entre la Av. Argentina y el área destinada al centro de hemodiálisis contribuirá con la disminución de los niveles de polvo y ruido ambiental; Que, la Gerencia de Ingeniería de Tránsito y Mantenimiento Vial del Órgano Desconcentrado del Servicio de Tránsito, Transportes y Movilidad Urbana, con Memorando N° 174-2024-MPC-ODSSTTMU-GG- GITMV de fecha 22 de febrero, hace suyo el Informe N° 003-2024-MPC/ODSSTTMU-GG-GITMV-MDCR, que concluye que el expediente presentado no contiene el Estudio de Impacto Vial (EIV); Que, mediante O fi cio N° 017-2024/MPC-GDU- SGPUC de fecha 11 de marzo de 2024, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro solicita a ESSALUD el levantamiento de observaciones para la continuación del trámite correspondiente; Que, ESSALUD, con Carta N° 000002-UCP-OAYCP- OA-GRPS-ESSALUD-2024 de fecha 28 de noviembre de 2024, informó que se subsanaron las observaciones realizadas, por lo que anexa el expediente para evaluación y aprobación; Que, a través del Informe N° 002-2025/MPC-GDU- SGPUC de fecha 02 de enero de 2025, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro remite lo actuado al Órgano Desconcentrado del Servicio de Tránsito, Transportes y Movilidad Urbana, para la evaluación de los documentos técnicos viales, de acuerdo a sus competencias; Que, la Gerencia de Ingeniería de Tránsito y Mantenimiento Vial del Órgano Desconcentrado del Servicio de Tránsito, Transportes y Movilidad Urbana, mediante Memorando N° 043-2025-MPC-ODSSTTMU-GITMV de fecha 16 de enero de 2025, informa que se han levantado las observaciones formuladas; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, con Informe N° 078-2025/MPC-GDU-SGPUC de fecha 10 de febrero de 2025, hace suyo el Informe Técnico N° 032-2025-MPC-GDU-SGPUC-LYCS, mediante el cual comunica que, a fi n de continuar con la evaluación de la propuesta de modi fi cación de zoni fi cación, se deberá iniciar la “Consulta Vecinal para Modi fi cación de zonifi cación”; Que, mediante Informe N° 005-2025-MPC/GPV-JPV de fecha 24 de febrero de 2025, la Jefatura de Participación Vecinal remitió 587 hojas de consulta vecinal realizada a las personas aledañas del predio inscrito en la partida registral N° 70085373, de las cuales 585 expresaron estar de acuerdo con la propuesta de modi fi cación de zonifi cación; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a través del Memorando N° 133-2025/ MPC-GDU-SGPUC de fecha 31 de marzo de 2025, solicito a la O fi cina de Atención al Ciudadano iniciar la exhibición de la propuesta de modi fi cación en sus locales, página web y redes sociales de esta entidad, en virtud del párrafo 8.6 del artículo 8 del Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA; Que, la O fi cina de Atención al Ciudadano, con Memorándum N° 401-2025-MPC-SGCM/OAC de fecha 21 de abril de 2025, informa que se cumplió con la publicación de acuerdo a lo solicitado. Asimismo, la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional, a través del Memorando N° 251-2025-MPC/OGCII de fecha 22 de abril de 2025, informa que se procedió a realizar la publicación del procedimiento de cambio de zoni fi cación en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, a través del Informe N° 252-2025/MPC-GDU- SGPUC de fecha 24 de abril de 2025, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, conforme a lo expuesto en los Informes Técnico y Legal N° 072-2025-MPC-GDU-SGPUC-LYCS y N° 139-2025/MPC-GDU-SGPUC-CMVA, emite opinión técnica favorable a la modi fi cación de zoni fi cación de Educación (E) a Salud (H) del predio ubicado en la Avenida República Argentina Mz. 11 Lote 1 y 2 y Sublote 3A y 4A, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, inscrito en la partida registral N° 70085373, con un área de 6000.80 m 2, para el desarrollo de actividades y/o usos con fi nes relacionados a la zoni fi cación destinada, siendo áreas destinadas para la habilitación y funcionamiento de instalaciones de equipamiento de salud; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, con Memorando N° 802-2025-MPC-GDU de fecha 29 de abril de 2025, hace suyo el Informe N° 252-2025/MPC-GDU-SGPUC, en el que se emite opinión técnica favorable a la modi fi cación de zoni fi cación mencionada anteriormente; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Memorando N° 242-2025-MPC/OGAJ de fecha 30 de abril de 2025, emite opinión legal favorable a la modi fi cación de zoni fi cación de Educación (E) a Salud (H) del predio ubicado en la Avenida República Argentina Mz. 11 Lote 1 y 2 y Sublote 3A y 4A, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, inscrito en la partida registral N° 70085373, con un área de 6000.80 m 2, para el desarrollo de actividades y/o usos con fi nes relacionados a la zoni fi cación destinada, siendo áreas destinadas para la habilitación y funcionamiento de instalaciones de equipamiento de salud; Que, la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 018-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 13 de mayo de 2025, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE ZONA DE EDUCACIÓN (E) A SALUD (H) DEL ÁREA DE 6000.80 M 2, CORRESPONDIENTE AL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 70085373, DEL DISTRITO DEL CALLAO, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1.- APROBAR el cambio de zoni fi cación de zona de Educación (E) a Salud (H), de acuerdo al Plano con Código Z-01(Anexo Único), del área de 6000.80 m 2, correspondiente al predio de propiedad del Seguro Social de Salud - ESSALUD, inscrito en la Partida N° 70085373 del Registro de Predios de la O fi cina Registral del Callao, ubicado en la Av. República Argentina Mz. 11 Lote 1 y 2 y Sublote 3A y 4A, Distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y demás áreas competentes, el cumplimiento