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50 NORMAS LEGALES Domingo 1 de junio de 2025 El Peruano / artículo 18 de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al rector (e) de la Universidad Nacional José María Arguedas, en calidad de presidente (e) del Consejo Universitario; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicio del Mg. Donato Mario Chilo Ccama, jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional José María Arguedas, para participar en el 50avo. Reencuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red Internacional CRISCOS y del 13avo. Encuentro PMAA, a desarrollarse el 04 y 05 de junio de 2025 en la ciudad de Quito - Ecuador; los gastos comprendidos en el Plan de viaje serán con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, afecto a la Meta 0048 - O fi cina Cooperación, de acuerdo al siguiente detalle: N° NOMBRES Y APELLIDOS PRESUPUESTO 1 Donato Mario Chilo CcamaNacional Viáticos por 02 días: S/ 640.00Pasaje ida y vuelta: S/ 300.00Internacional (incluye TUUA)Viáticos por 03 días: S/ 4,329.00Pasaje ida y vuelta: S/ 1,752.00 Artículo Segundo.- DISPONER que el Mg. Donato Mario Chilo Ccama, deberá efectuar la rendición de cuenta y presentar un informe al Rectorado y Dirección General de Administración, dentro del plazo de quince (15) días calendario una vez culminado la comisión de servicio y con sujeción a la normatividad de la materia. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución de autorización de viaje, en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. MERY LUZ MASCO ARRIOLA Rectora(e) RODNEY VELIZ MONTESINOS Secretario General 2404351-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Delegan al Gerente General Regional la facultad de emitir resoluciones de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas, durante el Ejercicio Presupuestal 2025 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 008-2025/GOB.REG- HVCA/GR Huancavelica, 17 de enero de 2025 VISTO: El Informe Nº 011-2025/GOB.REG.HVCA/ GGR-GRPPyAT con Reg. Doc. Nº 3546160 y Reg. Exp. Nº 2556295, el Informe Nº 016-2025/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT-SGGPyT y demás documentación adjunta en seis (06) folios útiles; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Artículo Único de la Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, mediante Ley Nº 32185 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 240- 2024/GOB.REG.HVCA/GR de fecha 30 de diciembre del 2024, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; Que, de conformidad con el numeral 7.1 y 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva en materia presupuestaria, siendo responsable de manera solidaria con el Consejo Regional; puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establece expresamente el Decreto Legislativo y las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; como Titular es responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 47.1 del Artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440, señala que son modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para los productos y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; Que, asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47 de la citada norma, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 011-2025/GOB.REG. HVCA/GGR-GRPPyAT que contiene el Informe Nº 016-2025/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGGPyT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial sustenta y solicita se le delegue facultades a favor de la Gerencia General Regional para que emita resoluciones de modi fi caciones presupuestarias hasta el nivel funcional programático y las demás acciones administrativas que son inherentes a la Gestión Presupuestaria; Que, acorde con el marco normativo antes expuesto y a fi n de que el proceso presupuestario durante el año presupuestal 2025 adquiera un carácter más expeditivo bajo los criterios de desconcentración operativa y descentralización normativa, se ha visto por conveniente delegar a favor del Gerente General Regional la facultad de emitir resoluciones de Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas inherentes a la gestión presupuestaria; en consecuencia, se expide el presente acto resolutivo; Estando a lo informado; y,Con visación de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783 - Ley de Bases