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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (07/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / En la carta de renuncia suscrita por la citada abogada, solicita la exoneración del plazo previsto en la ley y señala como último día de labores el 23 de mayo de 2025, ante lo cual el jefe inmediato otorga su visto bueno, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”. En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe N° 00114-2025-MP-FN-OREF-EFS, de fecha 3 de junio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, con e fi cacia anticipada a partir del 24 de mayo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Roxana Chávez Soriano, como fi scal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 3373-2017-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 21 de septiembre de 2017, 8 de junio de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 24 de mayo de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Roxana Chávez Soriano que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2407313-3Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1686-2025-MP-FN Lima, 5 de junio de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 002031-2025-MP-FN-PJFS- LAMBAYEQUE de fecha 26 de mayo de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 22 de mayo de 2025, suscrita por el abogado Víctor Agustín Lluén Chumán, fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque, designado en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales. En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo que exige la ley y señala como último día de labores el 31 de mayo de 2025, recibiendo el visto bueno del jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 2 de junio de 2025, se advierte que el citado abogado registra 1 queja en trámite por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe N° 0112-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 2 de junio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del referido fi scal, con e fi cacia anticipada a partir del 1 de junio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Víctor Agustín Lluén Chumán, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque, y su designación en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 2304-2023-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 1290-2025-MP- FN de fechas 15 de septiembre de 2023, 30 de diciembre de 2024 y 28 de abril de 2025, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 1 de junio de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Víctor Agustín Lluén Chumán que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones, realice