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5 NORMAS LEGALES Jueves 19 de junio de 2025 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS Ministro del Interior JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2411086-1 Aprueban actualización de la “Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 005-2025-PCM-SGP Lima, 17 de junio de 2025VISTO: El Informe N° D000298-2025-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública; CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública el cual comprende, entre otros ámbitos, a la estructura, organización y funcionamiento del Estado. Para el cumplimiento de sus funciones vinculadas con dicho ámbito, la Secretaría de Gestión Pública cuenta con la Subsecretaría de Administración Pública y, está a cargo de emitir opinión técnica, proponer normas y brindar asistencia técnica en materia de estructura, organización y funcionamiento del Estado; Que, el artículo 21 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, establece que la función normativa del ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública, a través de las cuales se aprueban directivas, normas técnicas y lineamientos. Con relación a las Directivas, el citado Reglamento señala que estas regulan aspectos vinculados con la actuación y funcionamiento de la Secretaría de Gestión Pública en el marco del ejercicio de sus funciones como rector. Son de obligatorio cumplimiento paras las entidades públicas comprendidas dentro de su ámbito de aplicación; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado a fi n que estas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el numeral 42.1 del artículo 42 de los Lineamientos de Organización del Estado establece que la Secretaría de Gestión Pública emite opinión técnica previa a fi n de validar técnicamente los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP se aprueba la Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, modi fi cada por el artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 003-2019- PCM/SGP; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra facultada a emitir la normativa complementaria para la aplicación de los citados Lineamientos y, en general, en materia de estructura y organización del Estado. Asimismo, el literal c) del artículo 34 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 126-2021-PCM, establece que es función de la Secretaria de Gestión Pública proponer y aprobar normas, directivas, estándares, lineamientos y demás disposiciones, en materias de su competencia, así como supervisar su cumplimiento; Que, en el marco del cumplimiento de sus funciones en materia de estructura, organización y funcionamiento del Estado, la Secretaría de Gestión Pública a través de la Subsecretaría de Administración Pública, ha identi fi cado oportunidades de mejora a la Directiva N° 002-2021- SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, las cuales se incorporan en una actualización de la referida Directiva para coadyuvar a una mejor delimitación técnica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Superno N° 054-2018- PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar la actualización de la “Directiva N° 002-2021- SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Ámbito de aplicación La Directiva aprobada en el artículo 1 es de aplicación obligatoria para las entidades a las que se re fi ere el artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM, en todo aquello que les sea aplicable. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y establecer que la Directiva y sus anexos aprobada por la presente Resolución sea publicada en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS PASCO HERRERA Secretario de Gestión Pública 2410783-1 Aprueban los “Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias” RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL N° 009-2025-PCM/ SDOT Mira fl ores, 16 de junio de 2025