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263 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / VISTO: El O fi cio Nº 0009-2025-DCD-REGIDORES, de fecha 25 de junio de 2025; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía de las municipalidades, según lo establece la Constitución Política del Perú, reside en su capacidad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, siempre en conformidad con el ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo IV del Título Preliminar, establece que los gobiernos locales tienen la fi nalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercer sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; por lo que en concordancia con el Artículo 41º del acotado dispositivo legal, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, en el sub numeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV de su Título Preliminar señala que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidas; Que, la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Políticos, establece las siguientes disposiciones: “i) Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad (Art. 2) ii) Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje (Art.3)”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se aprueban las “Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; establece que: Articulo 11: Autorización de viajes que no ocasionan gastos al Estado.- Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente. No son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se refi ere el presente artículo. No obstante, para el caso es aplicable el numeral 11 del Art. 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, mediante O fi cio Nº 0009-2025-DCD- REGIDORES, de fecha 25 de junio de 2025, el regidor José Armando Velásquez Távara, en su condición de presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Turismo, Cooperación Técnica y Mancomunidad pone de conocimiento el OFICIO Nº PROLOJA-2025-159, que a través de su Director de la O fi cina Comercial de Loja en Piura – PROLOJA, hace llegar la invitación a participar misión de trabajo binacional en Loja (Ecuador), para los días 2,3 y 4 de julio, en la ciudad de Loja (Ecuador); asimismo solicita autorización a fi n de realizar viaje al exterior, para asistir a la invitación a misión de trabajo binacional la misma que se realizará en la ciudad de Loja (Ecuador); Que en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 012-2025 de fecha 25 de junio de 2025; el regidor José Armando Velásquez Távara, en su calidad de presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Turismo, Cooperación Técnica y Mancomunidad, propuso que realicen el viaje al exterior su persona, la regidora Martha Herrera Zeta y la Econ. Lucy Erika Noblecilla Lira – Gerente de Desarrollo Económico Local, para asistir a misión de trabajo binacional en Loja (Ecuador), para los días 2,3 y 4 de julio de 2025, en la ciudad de Loja (Ecuador), y estando conforme a lo establecido en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, resultando aprobado por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, con Dispensa de Lectura y Aprobación del Acta, como consta en el Acta de Sesión Ordinaria de la fecha; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país al señor regidor José Armando Velásquez Távara, regidora Martha Herrera Zeta y a la Econ. Lucy Erika Noblecilla Lira, en su calidad de Gerente de Desarrollo Económico Local, a la ciudad de Loja (Ecuador) por los días 2,3 y 4 de julio de 2025, para participar en la misión de trabajo binacional en la ciudad de Loja (Ecuador). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y demás unidades orgánicas pertinentes realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente Acuerdo de Concejo el mismo que está sujeto a la disponibilidad presupuestal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a Ley; así como la noti fi cación a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Castilla. Artículo Cuarto.- DISPONER a la O fi cina de Desarrollo tecnológico la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el portal web y en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Castilla. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALTHER GUERRERO SILVA Alcalde 2413924-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES