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259 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / para la adecuación al nuevo formato del TUPA, entre otras disposiciones. Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 09- 2024-MPC, de fecha 18 de julio de 2024, se aprueba ACTUALIZAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, por modi fi cación e inclusión de nuevos procedimientos administrativos, propuestos con el Informe Nº 0376-2024-RELR-OGPPYTI-MPC, de fecha 10 de julio del 2024, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, cuyo anexo es parte integrante de dicha ordenanza. Que, mediante el Informe Nº 0233-2025-RELR- OGPPYTI-MPC, de fecha 25 de abril del 2025, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, eleva la propuesta para aprobación de la Ordenanza Municipal para modi fi car los procedimientos administrativos (Denominación del procedimiento administrativo, descripción del procedimiento, requisitos, plazo de atención, califi cación del procedimiento, unidad de organización responsable de aprobar la solicitud, consulta sobre el procedimiento y pago por derecho de tramitación) en virtud a los informes acotados y en armonía con el numeral 44.7 del artículo del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que señala: En los casos en que por Ley, Decreto Legislativo y demás normas de alcance general, se establezcan o se modi fi quen los requisitos, plazo o silencio administrativo aplicables a los procedimientos administrativos, las entidades de la Administración Pública están obligadas a realizar las modi fi caciones correspondientes en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles. Sobre los lineamientos y formatos para aprobar la modi fi cación de los procedimientos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) Que, en el marco de los Lineamientos para la elaboración, aprobación y/o modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP (en adelante Lineamientos del TUPA), señalan lo siguiente: “Artículo 8.- De la conducción del proceso . La conducción del proceso de elaboración y/o modi fi cación del TUPA en las entidades de la Administración Pública se encuentra a cargo del Secretario General, Gerente General o quien haga sus veces, de conformidad con la normativa que regula su organización y estructura”. Que, acorde con el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por Ordenanza Nº 08-2023-MPC, el literal j) del artículo 52º, establece como una de las funciones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información, el de conducir, asesorar, desarrollar y evaluar el proceso de racionalización administrativa de los diferentes órganos municipales y la elaboración de los instrumentos de gestión como son el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) así como los fl ujogramas operacionales correspondientes; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (T.U.P.A.). Que, así también, el literal b) del Artículo 58º del acotado Reglamento, establece como una de las funciones de la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística, conducir el proceso de elaboración y formulación del TUPA. Que, en ese menester, podemos señalar que corresponde a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información y la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística, conducir, asesorar, desarrollar, evaluar y la elaboración y formulación del TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete.Que, del mismo modo, acorde con el Artículo 10º del Lineamiento del TUPA, establece que el titular de la Ofi cina de Administración y Finanzas de cada entidad o quien haga sus veces, es el responsable de garantizar la adecuada determinación de los costos de cada procedimiento administrativo y servicios prestados en exclusividad; correspondiendo a esta O fi cina, por aplicación del artículo 11 del acotado Lineamiento, el de garantizar que en el TUPA se consigne la base legal de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la entidad. Que, asimismo, el numeral 17.2 del Artículo 17º, de los Lineamientos en cuestión , respecto a la revisión del TUPA, para el caso de los Gobiernos Locales, previamente a su aprobación por el Concejo Municipal, establece que, deben contar con la conformidad de la Gerencia Municipal, para dicho efecto, la Gerencia de Planeamiento, o la que haga sus veces, presenta a la Gerencia Municipal el expediente del proyecto de TUPA o su modi fi catoria, conteniendo la siguiente documentación: i. Proyecto de norma que aprueba el TUPA, exposición de motivos, el TUPA, tablas ASME - VM y Resumen de Costos, debidamente visados. ii. Formato de informe resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA (Formato A), suscrito por la O fi cina de Planeamiento o la que haga sus veces, en que señale la necesidad de crear y/o modi fi car el TUPA y destaque los cambios contenidos en el proyecto, los avances en la simpli fi cación administrativa de los procedimientos administrativos (tales como reducción de plazos de atención, requisitos o costos entre otros). iii. Formatos de sustentación legal y técnica (Formato B) de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad visados por los órganos que intervienen en la elaboración del TUPA. iv. Informe técnico de la O fi cina de Administración o la que haga sus veces, con el sustento de la determinación de los costos que sustentan los derechos de tramitación. Una vez que el expediente cuente con la conformidad de la Gerencia Municipal, cumple con trasladar el expediente al Concejo Municipal para proseguir el trámite de aprobación correspondiente. Que, de la normativa expuesta en precedente, y del Informe que sustenta el presente procedimiento, la modi fi cación del TUPA, se diligencia, entre otros, en el marco de nuevas disposiciones, numeral 44.7 Artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, modi fi cándose en el Sistema Único de Trámites (SUT), en sujeción a los lineamientos de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM/SGP; a través de la cual se constituye el expediente TUPA, siendo lo siguiente: – Proyecto TUPA – Tablas ASME– Formato de informe resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA (Formato A) ya contenido en este informe. – Exposición de motivos.– Resumen de Costos. – Formatos de sustentación legal y técnica (Formato B) Que, relievar al mismo tiempo que, mediante Decreto Legislativo Nº 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos y servicios prestados en exclusividad, con la fi nalidad de registrar y optimizar, los procesos respecto a la elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas bajo los lineamientos emitidos por el ente rector, responsable de su administración. Que, señalar también, que por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM/SGP, publicado el 30 de octubre de 2018, se aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, el que debe ser utilizado por las entidades de