Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2025 (05/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Eligen Presidente y Vicepresidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali para el periodo correspondiente al año 2025 CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGIONAL Nº 002-2025-GRU-CR Pucallpa, 8 de enero del dos mil veinticincoPOR CUANTO:Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, modi fi cado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos lo conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador”; Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana; Que, el artículo 1º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales – Ley Nº 27867, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. De fi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, el artículo 13º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales – Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, el literal s) del artículo 9º del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece que son atribuciones del Consejo Regional de Ucayali: Elegir anualmente al Presidente del Consejo Regional de Ucayali y a su Vicepresidente del Consejo Regional de Ucayali; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, establece en su artículo 29º que el Presidente y/o Presidenta del Consejo Regional de Ucayali, es elegido en Sesión Extraordinaria, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali; Asimismo, en su artículo 30º, señala que el Vicepresidente y/o Vicepresidenta del Consejo Regional de Ucayali, reemplaza al Presidente y/o Presidenta del Consejo Regional de Ucayali en su ausencia. La elección se realizará de acuerdo al inciso a) del artículo 28º del presente Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 08 de enero del 2025, mediante CITACIÓN Nº 000002-2025-GRU-CR-SCR de fecha 03 de enero del 2025, se dispone como único punto de agenda; la elección del Presidente/a y Vicepresidente/a del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali periodo 2025, concordante con el segundo párrafo del artículo 27º literal a) del artículo 28º y 29º del Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, el Pleno de la Sesión del Consejo, luego de un breve debate, propusieron y aprobaron: 1.- Elegir al Consejero JAIME OBDULIO GARCIA FERNANDEZ, representante de la Provincia de Padre Abad, como PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL, DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, para el periodo correspondiente al año 2025. 2.- Elegir al Consejero PRUHL DE PINHO RIOS, representante de la Provincia de Atalaya, como Vice Presidenta DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, para el periodo correspondiente al año 2025; Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En Sesión Extraordinaria de fecha 08 de enero del 2025, celebrada de manera presencial desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460-Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión; con el voto por mayoría que se eligió al Presidente del Concejo Regional y con voto por unanimidad que se eligió al Vice Presidente del Concejo Regional, se emite el pronunciamiento siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- ELEGIR, al Consejero JAIME OBDULIO GARCIA FERNANDEZ, representante de la Provincia de Padre Abad, como PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI para el periodo correspondiente al año 2025, quien deberá desempeñar sus atribuciones, funciones y competencias con arreglo a la Constitución, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, y demás disposiciones vigentes. Artículo Segundo.- ELEGIR, al Consejero PRUHL DE PINHO RIOS, representante de la Provincia de Atalaya, como VICE PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, para el periodo correspondiente al año 2025, quien deberá desempeñar sus atribuciones, funciones y competencias con arreglo a la Constitución, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, y demás disposiciones vigentes. Artículo Tercero.- REMITIR, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional, a la lectura y aprobación del Acta, para que se proceda a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el Portal