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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2025 (05/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba la modificación del Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SBS N° 00808-2025 Lima, 3 de marzo de 2025EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se encarga de regular, supervisar y fi scalizar las entidades del sistema fi nanciero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y otras leyes; Que, mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 26702 se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos; Que dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que establece el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, así como con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, la Superintendencia considera relevante armonizar su normativa contable a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); Que, en cumplimiento de lo antes referido, la Superintendencia dispone aprobar, mediante resolución de Superintendencia, sus proyectos normativos y publicarlos en su sede digital con el objetivo de asegurar la participación efectiva del público en general; y, Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de Estudios Económicos, y de Asesoría Jurídica; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba la modi fi cación del Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- El plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en el artículo anterior es de 45 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2376740-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban el Reglamento que Regula el Proceso del Presupuesto Participativo Multianual del Gobierno Regional Amazonas para el Año Fiscal 2026-2028 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 001- 2025 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR “APROBAR EL REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS PARA EL AÑO FISCAL 2026-2028” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTOEl Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias y demás normas complementarias; en Sesión Extraordinaria Nº 003, de fecha día martes 23 de enero del año 2025, ha emitido la presente Ordenanza Regional. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que el Consejo Regional Amazonas, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional Amazonas. Le corresponde las funciones y atribuciones que establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas. Que, en su artículo 15º, de la ley antes mencionada establece que son atribuciones del Consejo Regional: a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, y; c) Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Multianual, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala en su Artículo Nº 18º numeral 18.2 que los “ Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades