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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2025 (05/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / Electrónico de la entidad (www.regionucayali.gob.pe) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME OBDULIO GARCÍA FERNÁNDEZ Presidente 2370318-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban los “COMPROMISOS DE CONVIVENCIA EN LOS CEV y CIAM” DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-ALC/MSI San Isidro, 28 de febrero de 2025LA ALCALDESA DE SAN ISIDROVISTOS: El Informe N° 00086-2025-1510-SSBD- GSBS/MSI de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deporte, el Informe N° 000011-2025-1500-GSBS/MSI de la Gerencia de Salud y Bienestar Social, el Informe N° 066-2025-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 1° de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado, y, en su artículo 2°, que toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; que toda persona es igual ante la ley, y que nadie debe ser discriminado por ningún motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole, y que nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometida a tortura y trato inhumano y humillantes; Que, de acuerdo con el artículo 104° y literal o) del artículo 105° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, la Gerencia de Salud y Bienestar Social es el órgano de línea encargado de la promoción y fomento de la salud y bienestar de la comunidad, a través de la prestación de servicios de salud, bienestar y deporte, gestionando los programas en bene fi cio del ciudadano, con la fi nalidad de crear una cultura de prevención y bienestar en el distrito; estando dentro de sus funciones proponer y ejecutar la normatividad aplicable en los procesos de su competencia; Que, bajo dicho contexto, mediante el documento del visto, la Gerencia de Salud y Bienestar Social solicita la aprobación de la propuesta de “Compromisos de Convivencia en los CEV y CIAM”, que tiene por objetivo establecer las disposiciones que regularán la convivencia entre vecinos en los Centros de Encuentro Vecinal (CEV) y el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de San Isidro; Que, mediante documento del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, indicando que se encuentra conforme con el ordenamiento jurídico vigente; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR los “COMPROMISOS DE CONVIVENCIA EN LOS CEV y CIAM”, que en anexo adjunto forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Salud y Bienestar Social. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del Decreto y su Anexo, en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2376703-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES