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82 NORMAS LEGALES Sábado 15 de marzo de 2025 El Peruano / BASES DEL CONCURSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Participantes del sorteo La Municipalidad de El Agustino llevará a cabo el sorteo público con la fi nalidad de fomentar e incentivar la cultura de cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Los contribuyentes que participen en dicho sorteo lo harán en forma gratuita, sujetándose a las reglas contenidas en las bases del artículo tercero y los siguientes de la presente base. Artículo 2º.- Comisión Organizadora A fi n de efectuar un acto que brinde la debida transparencia la Comisión Organizadora del Sorteo, estará integrado por los siguientes funcionarios: a) El Gerente Municipal que presidirá la Comisión. b) El Gerente de Administración Tributaria y Rentas como secretario de la Comisión. c) El Jefe de la O fi cina General de Administración como miembro de la Comisión. El Presidente y los miembros de la comisión deberán encargarse de organizar, controlar y ejecutar el sorteo que regula el presente Reglamento. TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Artículo 3º.- Reglas para participar en el sorteo Participarán en este sorteo, los contribuyentes activos registrados en la Municipalidad de El Agustino como personas naturales, propietarios o poseedores de uno o más predios que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio fi scal vigente y que hubieran cancelado antes de la fecha de cierre. La comisión organizadora determinará las fechas de nuevos incentivos tributarios y no tributarios. Artículo 4º.- Procedimiento para elaborar el padrón de contribuyentes a ingresar al sorteo El padrón será elaborado por la O fi cina de Tecnologías de la Información a partir de la fecha de vencimiento fi jado, fechas que serán determinadas por la comisión organizadora. La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas formalmente solicitara la relación de contribuyentes aptos para participar en el sorteo, tomando como fuente de información la base de datos del sistema SIGIMUNI, conforme a los parámetros establecidos en la presente base. La relación de contribuyentes aptos será publicada en la página web institucional hasta la fecha de realizarse el evento. La o fi cina de Tecnologías de la Información proporcionará esta relación mediante documento formal adjuntando un CD (no regrabable), a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a los miembros de la Comisión Organizadora. Artículo 5º.- Relación de contribuyentes hábiles La O fi cina de Tecnologías de la Información generará una relación de contribuyentes aptos, con los siguientes datos: • Código de contribuyente, nombres y apellidos, DNI y Dirección del domicilio fi scal. Artículo 6º.- De las opciones del sorteo Los Contribuyentes aptos deben encontrarse al día en sus pagos del impuesto predial y arbitrios municipales hasta el año fi scal vigente, obteniendo 4 cupones. Artículo 7º.- Procedimiento para la realización del sorteo a) Se procederá a ingresar a un ánfora o algo similar, los cupones generados a los contribuyentes aptos para el sorteo, de acuerdo con el artículo 6 de las Bases.b) Cada cupón contendrá el número correlativo asignado a cada contribuyente apto, el nombre del contribuyente y su domicilio fi scal y demás datos. c) Se procederá al respectivo movimiento del ánfora, para luego extraer el cupón ganador. Este proceso será en todo momento público y mostrado para ser visualizado por los contribuyentes. El acto será transmitido en vivo a través de la cuenta de la red social Facebook de la Municipalidad. d) Se mencionará a cada ganador, indicando todos sus datos y el premio obtenido. e) El notario público, dará fe del número de código de contribuyente que salga sorteado del premio obtenido y de su registro en el acta para su posterior recojo. f) El contribuyente que resulte ganador de alguno de los premios sorteados será excluido de los sorteos posteriores. Artículo 8º.- Condiciones para llevar a cabo el sorteo a) El acto del sorteo contará con la presencia de un Notario Público, las coordinaciones para dicha participación serán efectuados por los miembros de la Comisión Organizadora. b) Se realizará en las instalaciones de la Municipalidad de El Agustino o, lo que determine la Comisión organizadora. Artículo 9º.- Premios a otorgarse para el sorteo del ejercicio fi scal Los premios serán determinados por la Comisión organizadora. Artículo 10º.- Suscripción del Acta del Sorteo Una vez concluido el sorteo, los integrantes de la Comisión (Presidente, Secretario y miembro) procederán a suscribir el Acta del Sorteo según Anexo 1, en el que se detallarán las incidencias del mismo y se especi fi carán los datos de los contribuyentes ganadores. Artículo 11º.- Publicación de Resultados y notifi cación a los ganadores La Municipalidad de El Agustino publicará los resultados del sorteo en su portal web institucional www.mdea.gob.pe. Dicha publicación será responsabilidad de la Comisión y se correrá traslado a la o fi cina respectiva del resultado dentro de los cinco (5) días siguientes de realizado el sorteo. Los resultados permanecerán anunciados por el lapso de treinta días calendarios posteriores desde su publicación en el portal web. Artículo 12º.- Requisitos para la entrega del premio La entrega de los premios estará a cargo del Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Agustino, para lo cual el contribuyente bene fi ciario o su representante debidamente autorizado por carta poder con fi rma legalizada ante un Notario Público de Lima deberá suscribir el Acta de Entrega en señal de conformidad, adjuntando copia de su DNI o del Poder respectivo; las copias fedateadas de los mencionados documentos serán remitidas al Presidente de la Comisión Organizadora. Toda la documentación presentada está sujeta al control por parte de la Comisión y de detectarse falsedad en las mismas no se entregará el premio y se iniciaran los procesos pertinentes ante la judicatura correspondiente de conformidad con el Código Penal, Código Civil y demás normativas aplicables, produciéndose indefectiblemente la pérdida del premio otorgado. Artículo 13º.- Vigencia de los premios El plazo de vigencia para reclamar los premios será de treinta (30) días calendarios desde la fecha de publicación en la página web. Vencido el plazo establecido, el premio retornará a la Municipalidad, sin lugar a reclamo. Artículo 14º.- Custodia de los premios La O fi cina General de Administración y la O fi cina de Abastecimiento serán las encargadas de custodiar y