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28 NORMAS LEGALES Martes 18 de marzo de 2025 El Peruano / los requisitos establecidos en la normativa vigente y tratados y acuerdos internacionales; otorgar y renovar los documentos que acrediten la permanencia o residencia legal de personas extranjeras, así como de las personas cuya condición de apátridas, asilados o refugiados sea determinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; desarrollar las acciones de seguridad y control migratorio en zonas de frontera y en todo el territorio nacional, en el marco de sus competencias; así como, realizar las actividades de veri fi cación migratoria a los ciudadanos que se transportan en medios de transporte nacional e internacional, en el territorio nacional y en coordinación con las autoridades competentes, con el propósito de veri fi car el cumplimiento de las condiciones normativas migratorias vigentes; y, expedir pasaportes, salvoconductos o documentos de viaje análogos, en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 80 del mencionado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, señala que las Jefaturas Zonales constituyen órganos desconcentrados de MIGRACIONES; asimismo, el artículo 81 de la citada norma precisa que las Jefaturas Zonales son responsables de coordinar y ejecutar los procedimientos y servicios relativos al control migratorio, emisión de documentos de viaje y de identidad, inmigración y solicitudes de nacionalización, en el ámbito territorial de su competencia, y dependen jerárquicamente de la Dirección de Operaciones; lo cual está debidamente concordado con el artículo 14 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, el cual re fi ere que los órganos desconcentrados requieren de una organización desconcentrada, distinta a la de la entidad de la cual forman parte y que actúan en representación de la entidad de la cual forman parte; Que, con Resolución de Superintendencia Nº 000020-2025-MIGRACIONES de fecha 4 de febrero de 2025, se aprueba la delimitación territorial de las dieciocho (18) Jefaturas Zonales, en condición de órganos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, a través del Informe Nº 000044-2025-DIROP- MIGRACIONES la Dirección de Operaciones hace de conocimiento y sustenta la necesidad de: i) cerrar la Agencia de Atención al ciudadano La Molina, correspondiente a la Jefatura Zonal Lima; ii) cerrar la Agencia de Atención al Ciudadano Huánuco correspondiente a la Jefatura Zonal Pucallpa, y recoge las opiniones de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto a través de sus Unidades de Planeamiento y Presupuesto y de Modernización y Gestión de la Calidad, de Recursos Humanos a través de su Unidad de Administración de Personal, de Administración y Finanzas, de Tecnologías de Información y Comunicaciones; así, como de la Dirección de Política Migratoria; Que, asimismo, con Hoja de Elevación Nº 000090-2025-DIROP-MIGRACIONES, la citada Dirección de Operaciones propone la modi fi cación en la delimitación territorial respecto del nombre de la Agencia de Atención al Ciudadano ACC - SURCO, la cual debe cambiar de denominación a la de “Agencia de Atención al Ciudadano AAC-SURCO (JOCKEY PLAZA)”; Que, mediante el Memorando Nº 000959-2025-OPP- MIGRACIONES, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite adjunto el Informe Nº 000053-2025-UMGC-MIGRACIONES, de su Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, señalando que considera viable efectuar la modi fi cación de la denominación de la Agencia de Atención al Ciudadano Surco, conforme lo solicita la Dirección de Operaciones; Que, mediante el Informe Nº 000092-2025-OAJ- MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica, con base en lo informado por la Dirección de Operaciones, considera jurídicamente viable el cierre de la Agencia de Atención al ciudadano La Molina, de la Jefatura Zonal Lima; y el cierre de la Agencia de Atención al Ciudadano Huánuco de la Jefatura Zonal Pucallpa; correspondiendo la emisión del acto administrativo que modi fi que la Resolución de Superintendencia Nº 00020-2025-MIGRACIONES, en el extremo de actualizar las Dependencias, correspondientes a las Jefaturas Zonales de Lima y Pucallpa; y asimismo, con Informe Nº 000128-2025-OAJ-MIGRACIONES, la citada O fi cina señala que, resulta viable el cambio de denominación de la “Agencia de Atención al Ciudadano AAC - Surco” por la denominación de “Agencia de Atención al Ciudadano AAC - Surco (Jockey Plaza)”; Que, a efecto de atender la propuesta de la Dirección de Operaciones respecto del cierre de la Agencia de Atención al ciudadano La Molina correspondiente a la Jefatura Zonal Lima, del cierre de la Agencia de Atención al Ciudadano Huánuco correspondiente a la Jefatura Zonal Pucallpa y la modi fi cación del nombre de la Agencia de Atención al Ciudadano ACC - SURCO, por la denominación de “Agencia de Atención al Ciudadano AAC-SURCO (JOCKEY PLAZA), se colige la necesidad de modi fi car el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia Nº 000020-2025-MIGRACIONES, en el extremo de actualizar las Dependencias en la delimitación territorial de las Jefaturas Zonales; Con el visado de la Gerencia General, de las Direcciones de Operaciones y de Política Migratoria; así, como de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, de Recursos Humanos, de Administración y Finanzas, de Tecnologías de Información y Comunicaciones, de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000031-2025- MIGRACIONES. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer el cierre de la Agencia de Atención al ciudadano de La Molina, correspondiente a la Jefatura Zonal Lima. Articulo 2.- Disponer el cierre de la Agencia de Atención al ciudadano de Huánuco, correspondiente a la Jefatural Zonal Pucallpa. Artículo 3.- Modi fi car el nombre de la Agencia de Atención al Ciudadano ACC- SURCO, por la denominación de “Agencia de Atención al Ciudadano AAC-SURCO (JOCKEY PLAZA)”. Artículo 4.- Modi fi car el artículo 4 de la Resolución Nº 00020-2025-MIGRACIONES de fecha 4 de febrero de 2025, según el siguiente detalle: ITEMJEFATURA ZONALÁMBITO REGIONAL Y PROVINCIALDEPENDENCIAS 1 JZ AREQUIPA AREQUIPAAREQUIPAAGENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO: CAMANA AAC - MAC AREQUIPA CARAVELI PUESTO DE CONTROL MIGRATORIO: CASTILLAPCM - AEROPUERTO INTERNACIONAL FAP ALFREDO RODRÍGUEZ BALLÓN CAYLLOMA PCM PUERTO MATARANI CONDESUYOS ISLAY LA UNION 2 JZ CALLAO LIMA PROVINCIASHUARALAGENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO: HUAURAAAC - AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHÁVEZ AAC - MAC CALLAO AAC - MAC VENTANILLACALLAOPROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAOPUESTO DE CONTROL MIGRATORIO: PCM - AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHÁVEZ PCM - GRUPO AÉREO N° 08PCM - PUERTO CALLAOPCM - PUERTO CHANCAY