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5 NORMAS LEGALES Domingo 30 de marzo de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone en su último párrafo que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo X del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 210-2022-EF, contempla que “El titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, puede delegar mediante resolución las atribuciones a su cargo, en otros jerárquicamente dependientes de él o en la máxima autoridad administrativa de los órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes de la entidad, con excepción de la aprobación de la lista de priorización, la autorización de contratación directa, la nulidad del proceso de selección o de sus etapas y la nulidad de o fi cio del respectivo Convenio de Inversión” ; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000452- 2024-MC, se efectúa la delegación de facultades en diversos funcionarios de la entidad, durante el Ejercicio Fiscal 2025; Que, con el Memorando N° 000167-2025-SG/ MC, la Secretaría General evalúa la citada Resolución Ministerial y propone su modi fi cación en materia de obras por impuestos, con la fi nalidad de precisar y mejorar la gestión administrativa de la entidad; Que, a través del Memorando N° 000361-2025-OGPP- SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe N° 000034-2025-OI-OGPP-SG/MC, por el cual la O fi cina de Inversiones evalúa la propuesta de modi fi cación de la delegación de facultades antes mencionada, sin formular observaciones; Que, mediante el Informe N° 000291-2025-OGAJ-SG/ MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta de modi fi cación de delegación de facultades se ajusta al actual marco normativo en materia de obras por impuestos y busca la desconcentración administrativa a fi n de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la entidad en dicha materia; por lo que, es legalmente factible proceder a la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC; Que, a fi n de agilizar la gestión administrativa de la entidad en materia de obras por impuestos, a través de la desconcentración de facultades, se estima por conveniente modi fi car la citada resolución; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2022-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del numeral 3.7 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC. Modi fi car el numeral 3.7 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 000452- 2024-MC, quedando redactado de la siguiente manera:“Artículo 3.- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: (…)3.7. En materia de Obras por Impuestosa. Emitir la resolución que aprueba la suscripción del convenio de asistencia técnica con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, bajo la modalidad de asesoría o encargo, así como suscribir, modi fi car y resolver dichos convenios. b. Responder las cartas de intención de las empresas privadas dirigidas al Titular de la Entidad que proponen desarrollar o actualizar inversiones, así como actividades de operación y/o mantenimiento, comunicando la relevancia o el rechazo de la propuesta, de ser el caso. c. Suscribir, modi fi car y/o resolver convenios de ejecución conjunta con los Gobiernos Regionales o Locales, para la ejecución de inversiones y/o actividades de operación y mantenimiento. ” Artículo 2.- Incorporación de los literales c y d en el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 000452- 2024-MC. Incorporar los literales c y d en el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, de la siguiente manera: “Artículo 9.- Delegar en el/la Director/a General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, durante el Ejercicio Fiscal 2025, la facultad de: (…)c. Emitir la Carta de compromiso de priorización de recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certi fi cados Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público” – CIPGN en cada año fi scal y por todo el periodo de ejecución de las inversiones o las actividades de operación y/o mantenimiento. d. Remitir a Proinversión, en caso de encargo del proceso de selección de la Empresa Privada, los documentos exigidos por la Contraloría General de la República para la emisión del Informe Previo. ” Artículo 3.- Incorporación del artículo 10-A de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC. Incorporar el artículo 10-A en la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, con la siguiente redacción: “Artículo 10-A.- Delegar en los Responsables de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 003: Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones en materia de Obras por Impuestos: a. Solicitar la emisión del Informe Previo a la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir la información complementaria o adicional requerida. b. Autorizar el nuevo Monto de Inversión registrado en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en fecha posterior a su declaratoria de viabilidad o aprobación -cuando corresponda- y priorización, a ser recogido en el Monto Referencial del Convenio de Inversión en la convocatoria y en las Bases del proceso de selección. c. Aprobar las Bases de los procesos de selección de la empresa privada y de la entidad privada supervisora. d. Aprobar, de manera previa al otorgamiento de la Buena Pro por parte del Comité Especial, la propuesta económica que exceda hasta en diez por ciento (10%) el Monto Referencial del Convenio de Inversión. e. Aprobar los importes cuando la propuesta económica exceda el monto referencial del Convenio de Inversión, en el caso de adjudicación directa. f. Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos por los postores en los procesos de selección convocados. g. Cancelar, total o parcialmente, el proceso de selección de la Empresa Privada y/o Entidad Privada Supervisora, en caso corresponda, hasta antes de la suscripción del Convenio de Inversión y/o contrato, para