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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2025 (30/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Domingo 30 de marzo de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla a continuación, para participar en el 83° Periodo de Sesiones del Comité de Protección del Medio Marino (MEPC), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 7 al 11 de abril de 2025, así como autorizar su salida del país el 5 de abril y su retorno el 12 de abril de 2025: • Capitán de Fragata CJ. Karina Sophia VALDIVIA SEGURA Titular CIP N° 00000772 DNI N° 09859671• Capitán de Navío Néstor Alessandro URRUTIA OLIVARI Suplente CIP N° 00959224 DNI N° 09853174 Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima Clase económicaUS$ 2,328.97 x 1 persona US$ 2,328.97 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00 Total a pagar: US$ 5,028.97 Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal naval designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2385175-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban el documento denominado “Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal 2025” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 157-2025-EF/15 Lima, 28 de marzo del 2025 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal, tiene por objeto establecer las características y usos del Catastro Fiscal, así como dictar las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios a nivel nacional; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 226-2023-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, establece que la implementación del Catastro Fiscal, así como su Plataforma, es de obligatorio cumplimiento para los gobiernos locales; precisando, que dicha implementación se realiza de manera progresiva conforme a lo establecido en la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal que aprueba anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas durante el primer trimestre de cada año fi scal; Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, aprobado por Decreto Supremo N° 226-2023-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba anualmente la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal mediante Resolución Ministerial, la cual establece las metas , plazos y objetivos establecidos para el año fi scal en curso respecto a la incorporación obligatoria de gobiernos locales al Catastro Fiscal, así como otros aspectos relacionados para la consolidación, mantenimiento y actualización del mismo; Que, el literal h) del artículo 193 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, establece que la Dirección de Política de Descentralización Fiscal y Finanzas Subnacionales de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal tiene como función, entre otras, elaborar, consolidar, mantener y actualizar el Catastro Fiscal para la mejora de la capacidad fi scal de los gobiernos locales; Que, en tal sentido, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas aprobar la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal 2025; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 226-2023-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento denominado “Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal 2025”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, así como del documento denominado “Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal 2025” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2385671-1 ENERGÍA Y MINAS Establecen servidumbre de electroducto con carácter permanente a favor de concesión de la que es titular la empresa MAJES SOL DE VERANO S.A.C., para el proyecto “Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Sol de Verano I – S.E. Majes”, ubicado en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2025- MINEM/DM Lima, 26 de marzo de 2025