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12 NORMAS LEGALES Martes 13 de mayo de 2025 El Peruano / N° APELLIDOS Y NOMBRES DOC IDENT CONDECORACIÓN 54RAMOS FERNANDEZ ISIDOR 80451892 CABALLERO 55POSTILLON RAMOS GLADYS HERMENEGILDA20070682 CABALLERO 56 QUISPE LOPEZ MAURA 28529246 CABALLERO 57 RAMOS FERNANDEZ MARTINA 20090571 CABALLERO 58RAMOS DE FERNANDEZ SATURNINA 20002175 CABALLERO 59 FERNANDEZ RAMOS RAYDA 19885152 CABALLERO 60FERNANDEZ RAMOS PATROCINIA 20067796 CABALLERO 61PEREZ LAPA JULIO 28262144 CABALLERO 62PACHECO OCHOA GLICERIO 28215989 CABALLERO 63PACHECO OCHOA EMILIANO 28216890 CABALLERO 64PEREZ FLORES ROQUE 08972635 CABALLERO 65CALLE VILA OCTAVIO 28686351 CABALLERO 66LAGOS HUALLPA CIPRIANO 28700422 CABALLERO 67GUZMAN CALDERON ROGER HUMBERTO 28577990 CABALLERO 68BAUTISTA MANCILLA DISIDERIO 28701366 CABALLERO 69QUISPE ARCCE HERACLIO 28684968 CABALLERO 70MEDINA CASTILLO TEODOMIRO 10511800 CABALLERO 71PALOMINO QUIHUI FELIX 80119741 CABALLERO 72YUCRA MUCHA JUAN 23973682 CABALLERO 73ESTRADA JANAMPA JUAN RODOLFO 23973500 CABALLERO 74BENDEZU TOMAYLLA TEODOSIA 23927237 CABALLERO 75GUTIERREZ CAYLLAHUA FELIX 23927809 CABALLERO 76BENDEZU MUCHA VICTOR 28684299 CABALLERO 77NAVARRO TORRE DANIEL 23973645 CABALLERO 78AYUQUI GUTIERREZ ALFONSO 28704302 CABALLERO 79PALOMINO ELIZARES FELIX 28683747 CABALLERO 80 HUALLPA MUÑOS FAUSTINO 23969232 CABALLERO 81ESPINO PACHECO DELIA 80054147 CABALLERO 82VILA ROBLES LEONCIO 28705065 CABALLERO 83QUISPE NAVARRO ALEJANDRO 23973019 CABALLERO 84OCHOA VIVANCO FULGENCIO ODILON 23973565 CABALLERO 85URRIBURU AVENDAÑO JACINTO 28581404 CABALLERO 86PARIONA ROJAS FELICIANO 28711758 CABALLERO 87CARDENAS OCHOA TOMAS 28228159 CABALLERO 88GERONIMO MOREIRA DEMETRIO 28684897 CABALLERO 89GERONIMO CARIRE JOSE 23973472 CABALLERO 90CURO YUCRA FELIX ARTEMIO 28597738 CABALLERO 91BENDEZU MENDEZ EFRAIN 23934777 CABALLERO 92YAROS PALOMINO RAUL 23928263 CABALLERO 93LOPEZ HUAMANI ISIDRO 28703041 CABALLERO 94GODOY YARANGA JUAN 28584500 CABALLERO 95ESPINOZA SULCA TEOFILO 23973574 CABALLERO 96YAROS MUÑOZ RODRIGO 23942105 CABALLERO 97CAYETANO LIMAQUISPE AMBROSIO 23969688 CABALLERO 98QUISPE GOMEZ APOLINARIO 23928509 CABALLERO 99ESPINOZA HUAMAN SERGIO 28689562 CABALLERO 100 LUJAN TORRES TIMOTEO 23969783 CABALLERO 101 AVENDAÑO HUARACA DONATO 23973536 CABALLERO 102 MEZA MATOS AMADOR HUMBERTO 20976245 CABALLERO Artículo 4.- Suspender el uso o tenencia de la “Medalla al Defensor de la Democracia”, otorgada al Licenciado EP EPIFANIO ENRIQUE MONTES TAIPE, mediante la Resolución Suprema N° 185-2023-PCM. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2398673-1DEFENSA Autorizan ampliación de permanencia en el exterior de oficial de la Marina de Guerra del Perú, para continuar participando en curso en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00534-2025-DE Lima, 8 de mayo del 2025VISTOS: El O fi cio N° 2897/52 de la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00736-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00888-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial N° 00917-2024-DE, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Augusto Mauricio LOAIZA DÍAZ para que participe en el Curso Inicial de Entrenamiento Naval de O fi ciales, en el Britannia Royal Naval College (BRNC), ubicado en Dartmouth, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 7 de setiembre de 2024 al 8 de agosto de 2025; Que, mediante Carta s/n de fecha 12 de diciembre de 2024, el Agregado de Defensa a la Embajada Británica en el Perú informa al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, que la Marina Real Británica ha comunicado la modi fi cación de la fecha de término del Curso Inicial de Entrenamiento Naval de O fi ciales, el cual se encuentra cursando el Alférez de Fragata Augusto Mauricio LOAIZA DÍAZ, con fi rmando que la nueva fecha de fi nalización del citado curso es el 15 de agosto de 2025; Que, a través del Informe Legal N° 12-2025/AS- DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar para continuar participando en el Curso Inicial de Entrenamiento Naval de O fi ciales, en el Britannia Royal Naval College (BRNC), hasta el 15 de agosto de 2025; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la presente ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, por cuanto le permitirá al personal designado continuar participando en el Curso Inicial de Entrenamiento Naval de Ofi ciales, y culminar satisfactoriamente el citado curso a fi n de aplicar y transmitir los conocimientos y experiencias adquiridas en bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, conforme a lo señalado en el Informe Legal N° 12-2025/AS-DGE de la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cubrirá la totalidad de la matrícula (costos académicos), seguro médico, alojamiento y alimentación, a excepción del transporte interno, de acuerdo a la Carta s/n de fecha 6 de octubre de 2024 del Agregado de Defensa a la Embajada Británica en el Perú; por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde que se otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado;