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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2025 (13/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 13 de mayo de 2025 El Peruano / y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 259-2025/VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes; así como el O fi cio N° 315-2025-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas con la opinión técnica favorable de los proyectos de inversión en mención; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 116 549 095,00 (CIENTO DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; así como, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 116 549 095,00 (CIENTO DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de dos (2) gobiernos regionales y de setenta y cuatro (74) gobiernos locales, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 y en la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1-. Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 116 549 095,00 (CIENTO DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 116 549 095,00 ============ TOTAL EGRESOS 116 549 095,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 116 549 095,00 ============ TOTAL EGRESOS 116 549 095,00 ============ 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se encuentran en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales 2.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 116 549 095,00 (CIENTO DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de dos (2) gobiernos regionales y de setenta y cuatro (74) gobiernos locales, para fi nanciar gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de ochenta y cinco (85) proyectos de inversión en materia de saneamiento urbano y rural y de infraestructura vial y equipamiento urbano, en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 116 549 095,00 ============ TOTAL EGRESOS 116 549 095,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 642 717,00 PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 113 906 378,00 ============ TOTAL EGRESOS 116 549 095,00 ============ 2.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del presente artículo se encuentran en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos regionales” y en el Anexo III “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en