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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2025 (18/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 18 de mayo de 2025 El Peruano / 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias, la Resolución Viceministerial Nº 137-2024-MINEDU, el Estatuto de la UNIQ, y a lo acordado por el pleno de la Comisión Organizadora de la UNIQ; SE RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios a la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, responsable del Proyecto de Investigación: “ANTROPOCENO Y COTIDIANOS EXTRACTIVOS EN LA AMAZONIA DEL BAJO URUBAMBA, TRANSFORMACIONES EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA PERSONA Y COSMOPOLÍTICA EN LOS MATSIGENKAS DE LAS COMUNIDADES NATIVAS CASHIRIARI Y SEGAKIATO”, quien participara como ponente en el Congreso Internacional de la Asociación de Estudios Latinoamericano 2025 (LASA), que se llevara a cabo los días 23 al 26 de mayo de 2025, en la ciudad de San Francisco – Estados Unidos de Norteamérica. Asimismo, autorizar su salida del país del 22 de mayo de 2025 y su retorno el 27 de mayo de 2025. Segundo.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos, y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución, son cubiertos con cargo al presupuesto y fuente de fi nanciamiento considerado en el Proyecto de investigación aprobado con Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 301-2023-CCO-UNIQ, de fecha 17 de noviembre de 2023 y es conforme al siguiente detalle: CANTIDAD DESCRIPCIÓNPRESUPUESTO (S/) ELEANA P. CATACORA SALASPASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE S/ 6,110.00 VIÁTICOS X 6 DÍAS (DEL 22 AL 27 DE MAYO DE 2025)S/ 7,081.60 TOTAL S/ 13,191.60 Tercero.- DISPONER, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la Dra. Eleana Paola Catacora Salas, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas. Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información de la UNIQ, publicar, la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. www.uniq.edu.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ISABEL NIQUEN INGA Presidenta de la Comisión Organizadora ALEX RICHARD PAREDES GIL Secretario General 2399568-1 Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno - Perú para participar en evento a realizarse en España UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1369-2025 -R-UNA Puno, 8 de mayo del 2025VISTOS: El OFICIO N° 20-2025-CRISCOS de fecha 23 de abril del presente año, cursado por el Presidente del Consejo de Rectores por la Integración Centro Oeste de Sudamérica, que contiene invitación a la Asamblea General Extraordinaria del CRISCOS; y, el MEMORANDUM N° 0563-2025-SG-UNA-PUNO (08-05-2025) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, transcribiendo el acuerdo de Consejo Universitario referido a la autorización de viaje del Rector de la UNA-PUNO, a la ciudad de SEVILLA - ESPAÑA con fi nes de asistir a la Asamblea en mención; CONSIDERANDO: Que, conforme a los actuados, se tiene la convocatoria para la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA del Consejo de Rectores por la Integración Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS) a realizarse entre el 17 y 22 de mayo de 2025, en dependencias del Grupo de Universidades Iberoamericanas La Rábida, ubicado en Paraje La Rábida, s/n, 21819 La Rábida, Huelva, España; Que, por consiguiente, siendo la Universidad Nacional del Altiplano de Puno - Perú, parte integrante del Consejo de Rectores por la Integración Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), corresponde autorizar la participación presencial de la Primera Autoridad de nuestra Casa Superior de Estudios; Que, la Universidad Nacional del Altiplano - Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince