TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Domingo 18 de mayo de 2025 El Peruano / No obstante la Municipalidad Distrital de Independencia impuso a los restaurantes, como condición para continuar su funcionamiento, las exigencias de contar con un informe técnico sanitario o con un permiso sanitario. Si bien la Municipalidad Distrital de Independencia es competente para realizar las actividades de control y vigilancia sanitaria, a través de actividades de fi scalización y disposiciones administrativas, estas deben ejecutarse y disponerse en atención a la normativa que lo regula como es la Resolución Ministerial 822-2018/MINSA, por lo que la imposición de las exigencias mencionadas constituyen barreras burocráticas ilegales. GILMER RICARDO PAREDES CASTRO Presidente 2400114-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Tributos Internos Juliaca RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 000020-2025- SUNAT /700000 Lima, 15 de mayo de 2025 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIÓN Y DESIGNA EJECUTOR COACTIVO DE LA INTENDENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS JULIACA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000014-2024-SUNAT/700000, se designó, entre otros, al servidor Bremetch Tito Loza como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Juliaca; Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación mencionada en el considerando precedente; Que, a efectos de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Juliaca, se considera necesario designar al Ejecutor Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza coactiva de la citada Intendencia; Que, el artículo 114 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los servidores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que, el servidor propuesto, según el Memorándum N° 000186-2025-SUNAT/7B0000 emitido por la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, cumple con los requisitos señalados en el Texto Único Ordenado del Código Tributario y Circular N° 009-2005, por lo que procede designarlo como Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Tributos Internos Juliaca; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de la facultad conferida por el literal i) del artículo 12 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modi fi catoria;SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación del señor BREMETCH TITO LOZA como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Juliaca, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 2.- Designar al servidor CHRISTIAM BAZALAR SEQUEIROS como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Juliaca. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO FRANCO CASTILLO Superintendente Nacional Adjuntode Tributos Internos 2400179-1 Dejan sin efecto designación y designan Fedatarios Institucionales de la Intendencia de Tributos Internos Ayacucho RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 000099-2025- SUNAT /800000 Lima, 16 de mayo de 2025 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIÓN Y DESIGNA FEDATARIOS INSTITUCIONALES DE LA INTENDENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS AYACUCHO VISTO: El Informe N° 000005-2025-SUNAT/7O0000, de la Intendencia de Tributos Internos Ayacucho, mediante el cual se propone dejar sin efecto una designación como fedataria institucional titular y designar a los fedatarios institucionales que desempeñarán dicha función en la citada Intendencia; CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 000126-2023-SUNAT/800000, de fecha 28 de agosto de 2023, se designó a la servidora Angela Pamela Serrano Vera como fedataria institucional titular, de la Intendencia Regional Ayacucho; Que en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 000005-2025-SUNAT/7O0000, de fecha 10 de abril de 2025 emitido por la Intendencia de Tributos Internos Ayacucho, se estima necesario dejar sin efecto la designación mencionada en el considerando precedente y designar a los fedatarios institucionales de la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida por el literal h) del artículo 16 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modi fi catoria; SE RESUELVE:Articulo 1.- Dejar sin efecto la designación de la servidora Angela Pamela Serrano Vera como fedataria institucional titular de la Intendencia de Tributos Internos Ayacucho.