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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / los requisitos para ser designado presidente del Consejo Regional del Deporte de Ayacucho, por un periodo de tres (3) años, es el señor GERARDO MANUEL DURAN PEREZ, recomendando su designación en el mencionado cargo; Que, mediante el Memorando Nº 007558-2025-OGA/ IPD, de fecha 23 de octubre de 2025, la O fi cina General de Administración remitió a la O fi cina de Asesoría Jurídica el Informe Nº 001769-2025- UP-OGA/IPD, emitido por la Unidad de Personal, en el cual, en el marco de su competencia como responsable de la Gestión de Recursos Humanos, se señala lo siguiente: i) El señor GERARDO MANUEL DURAN PEREZ, no tiene impedimentos para ejercer la función pública; por lo tanto, cumple los requisitos establecidos en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; así como en la Directiva Nº 071-2018-IPD/OCR y el Clasi fi cador de Cargos de la entidad; ii) contando con la autorización de la Presidencia del IPD corresponde tramitar la designación del señor GERARDO MANUEL DURAN PEREZ, en el puesto de Presidente del CRD de Ayacucho, por un período de tres (3) años; a partir de fecha de publicación de la Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial el Peruano; y iii) Derivar el presente informe a la O fi cina de Asesoría Jurídica para continuar con el trámite y emisión del proyecto de resolución para la Presidencia conforme a lo dispuesto en el literal o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº000865-2025-OAJ/IPD, concluyó que es legalmente viable emitir el acto resolutivo de designación del presidente del Consejo Regional del Deporte de Ayacucho; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM y sus modi fi catorias; la Directiva Nº 071-2018-IPD/OCR, denominada “Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte. Versión: 1”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2018- IPD/P; el Clasi fi cador de Cargos de la entidad, aprobado por Resolución de Presidencia Nº 089-2019- P/IPD y sus modi fi catorias; la Ley Nº 31419, que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, y; Con el visto de la O fi cina de Coordinación Regional Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; de la O fi cina General de Administración; de la Unidad de Personal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del presidente del CRD de Ayacucho Designar, en el cargo de presidente del Consejo Regional del Deporte de Ayacucho, al señor GERARDO MANUEL DURAN PEREZ, por un período de tres (3) años, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, por los fundamentos antes expuestos. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las partes interesadas y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes.Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.TEODORO FEDERICO TONG HURTADO Presidente 2458355-1 INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar retribución económica de la Sociedad de Auditoría correspondiente a los ejercicios 2025, 2026 y 2027, así como el derecho de designación RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 070-2025- INBP San Isidro, 13 de noviembre de 2025 VISTOS: Los O fi cios N° 000844-2025-CG/GAD, N° 000845- 2025-CG/GAD y N° 000846-2025-CG/GAD del 28 de octubre de 2025 de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, la Nota Informativa N° 487-2025-INBP/OA-UE del 5 de noviembre de 2025 de la Unidad de Economía de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Memorando N° 1461-2025-INBP/OA del 6 de noviembre de 2025 de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Informe N°120-2025- INBP/OPP/UPI del 7 de noviembre de 2025 de la Unidad de Presupuesto e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Memorando N° 382-2025-INBP/OPP del 11 de noviembre de 2025 de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, y el Informe N° 223-2025-INBP-OAJ del 12 de noviembre de 2025 de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Y CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1260 se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que el artículo 22° del Decreto Legislativo N°1260 establece que el organismo público ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú regulado por la Ley N°27067, modi fi ca su denominación por “Intendencia Nacional de Bomberos del Perú”, la misma que adecúa su estructura orgánica y funciones conforme a la citada norma; asimismo, la séptima disposición complementaria transitoria establece que toda disposición que haga mención al Organismo Público Ejecutor “Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú”, se considera referido a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, el artículo 20° de la Ley N° 27785, “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”, establece que las entidades