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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (03/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 3 de octubre de 2025 El Peruano / cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Yhisella Díaz Vigilio, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Puerto Natales, República de Chile, del 12 al 16 de octubre de 2025, para que en representación de PROMPERÚ participe en el evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos día US$Total viáticos US$ Yhisella Díaz Vigilio 924,06América del Sur370,00 x 4 días 1 480,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno la señora Yhisella Díaz Vigilio, cuyo viaje se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial, presenta al Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. URSULA DESILU LEON CHEMPEN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2444510-1 Aprueban modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Centro de Formación en Turismo RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000075-2025- CENFOTUR/J Null, 24 de setiembre del 2025 VISTOS:El Memorándum N° 000247-2025-CENFOTUR/ OMI emitido por la O fi cina de Marketing Institucional, el Informe N° 000029-2025-RBV-OMI/CENFOTUR emitido por el Analista de Marketing, el Informe Técnico N° 000074-2025-CENFOTUR/UPLD emitido por la Unidad de Planeamiento de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, el Memorándum N° 000243-2025-CENFOTUR/OPPD emitido por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo y el Informe N° 127-2025-CENFOTUR/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, fi nanciera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certi fi cación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, mediante Resolución Jefatural N° 001-2023- CENFOTUR de fecha 27 de febrero de 2023, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; Que, mediante Resolución Jefatural N° 192-2024- CENFOTUR/J de fecha 30 de diciembre de 2024, se aprobó el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; Que, el artículo 1 de la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, modi fi cada por la Ley N° 31515, determina los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local destinen al rubro de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; así como, fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; Que, el literal el artículo 3 de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal modi fi cada por la Ley N° 31515, establece como requisito para la autorización de realización de publicidad estatal, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, que se cuente con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, de conformidad al numeral 5.1 de la Directiva N° 002-2023-PCM/SCS “Lineamientos para la Formulación, Aprobación e Implementación del Plan de Estrategia Publicitaria de las Entidades del Poder Ejecutivo” aprobada mediante Resolución de Secretaria de Comunicación Social N° 03-2023-PCM/SCS, el Plan de Estrategia Publicitaria es el instrumento de gestión pública que contiene información detallada de cada una de las campañas publicitarias que prevé ejecutar la entidad durante el año, considerando los objetivos comunicacionales institucionales y los criterios de interés y/o necesidad pública, alineados a los objetivos del Plan Estratégico Institucional; Que, sobre la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria, el numeral 6.2.2 de la citada Directiva señala que “El procedimiento para modi fi car el Plan de Estrategia Publicitaria es el mismo que se sigue para su formulación y aprobación. Se requiere un informe técnico que sustente la necesidad y la disponibilidad presupuestaria, en el caso de solicitar más presupuesto”; Que, mediante Informe N° 000029-2025-RBV-OMI/ CENFOTUR el Analista de Marketing de la O fi cina de Marketing Institucional (OMI) sustenta la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2025 de CENFOTUR y señala que las acciones de publicidad para la campaña de posicionamiento en medios digitales ya vienen siendo implementadas como parte de la estrategia en curso, sin embargo, aún no se ha ejecutado la inversión en publicidad exterior y que de las alternativas analizadas, la fi gura “Below the line” (BTL), representa una opción especialmente atractiva para el público objetivo de CENFOTUR enfocado en programas de estudios de nivel profesional técnico, conformado por jóvenes entre 16 y 25 años; Que, el capítulo VII del Plan de Estrategia Publicitaria (PEP) de CENFOTUR, aprobado mediante Resolución