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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (03/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 3 de octubre de 2025 El Peruano / Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- Los cadetes autorizados deben cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2444732-1 Declaran vacantes para el Ascenso del Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú, Promoción 2026 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01279-2025-DE Lima, 2 de octubre del 2025 VISTO: El O fi cio N° 0558//51 del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, de fecha de 19 de setiembre 2025. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de Ascensos tienen por fi nalidad garantizar una línea de carrera profesional, sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los O fi ciales al grado militar inmediato superior; desarrollado en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que las vacantes son las plazas disponibles para el Ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, y sus modi fi catorias, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes; a) Cuadro Orgánico de O fi ciales aprobado para el año siguiente al Proceso de Ascenso; b) Efectivo de O fi ciales al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; las vacantes se determinan por promociones de egreso para los O fi ciales procedentes de las Escuelas de Formación, promociones de ingreso para los O fi ciales de procedencia Universitaria; y clasi fi caciones y especialidades; Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de Ascenso; para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0207- 2021-DE y sus modi fi catorias se aprobaron los Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2022-2026, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú; Que, por medio de la Resolución Ministerial N° 01013- 2025-DE se aprobó la Directiva General N° 00007-2025 MINDEF/VDR-DGRRHH-DIPEM, “Directiva General para el desarrollo de los procesos de ascensos y de pase a la Situación Militar de Retiro por la causal de renovación del personal de O fi ciales de las Fuerzas Armadas”; Que, con Decreto Supremo N° 009-2025-DE se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2026 de las Instituciones Armadas; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; y De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas; el Reglamento de la Ley N° 29108, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar las vacantes para el Ascenso del Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú, Promoción 2026, de acuerdo a las Clasi fi caciones, Sub- Clasi fi caciones, Especialidades, y Promociones, según se indica a continuación: 1.- A Contralmirante: Hasta UNO (01) a) Servicios: Hasta UNO (01) (1) Administración: CERO (00) (a) Promoción 1995 (Proc. Univ.) CERO (00) (2) Sanidad Naval (Médico Cirujano): Hasta UNO (01) (a) Promoción 1996 Hasta UNO (01) (3) Sanidad Naval (Odontólogo): CERO (00) (a) Promoción 1995 CERO (00) (4) Ingeniería: CERO (00) (a) Promoción 1998 CERO (00) (5) Arquitectura: CERO (00) (a) Promoción 1998 CERO (00) (6) Ciencias de la Comunicación CERO (00) (a) Promoción 1998 CERO (00) 2.- A Capitán de Navío: Hasta TRES (03) a) Comando General: Hasta UNO (01) (1) Comando General: Hasta UNO (01) (a) Promoción 2002 Hasta UNO (01) b) Servicios: Hasta DOS (02) (1) Administración: Hasta UNO (01) (a) Promoción 2001 (Proc. ESNA) Hasta UNO (01)