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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (12/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 12 de octubre de 2025 El Peruano / Que, mediante INFORME Nº 697-2025-UNAB/OPP, de fecha 18 de agosto de 2025, el director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en virtud del INFORME Nº 01004-2025-UNAB/UPPM, suscrito por la Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa que, se ha veri fi cado que la secuencia funcional 0020 “Conducción y Orientación Superior”, las especí fi cas de gastos 2.3.2 1.1 1 ( pasajes y gastos de transporte) y 2.3.2 1.1 2 (viáticos y asignaciones por comisión de servicios) cuentan con saldo presupuestal por el importe de S/ 6 400.00; tal como se detalla en el Informe Nº 01004- 2025-UNAB/UPPM, en la Fuente de Financiamiento (2) Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante OFICIO Nº 0189-2025-UNAB-VP. INVEST., de fecha 18 de agosto de 2025, la Vicepresidenta de Investigación solicita a la Presidenta de la Comisión Organizadora, ponga en consideración de sesión del pleno, la solicitud de autorización de viaje al exterior del país para la participación de la Dra. Noemi León Roque en el 15º Congreso Internacional sobre Revistas Cientí fi cas (CRECS 2025), del 09 al 10 de octubre de 2025 en la ciudad de Santiago de Chile; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de agosto de 2025, acordó AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicios con goce de haber a la Dra. NOEMI LEÓN ROQUE, Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, para participar en el 15º Congreso Internacional sobre Revistas Cientí fi cas (CRECS 2025), del 09 al 10 de octubre de 2025 en la ciudad de Santiago de Chile; Que, conforme a las disposiciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220- Ley Universitaria, Ley Nº 29553- Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que Aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; Resolución Viceministerial Nº 055-2022-MINEDU, que modi fi ca los subnumerales 6.1.4, 6.1.5, 6.1.6 y 6.1.7 del numeral 6.1, los subnumerales 6.4.1 y 6.4.2 del numeral 6.4, los subnumerales 6.4.5.1 y 6.4.5.2 del numeral 6.4.5 y el Anexo Nº 3 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; Resolución Viceministerial Nº 53-2023-MINEDU, que Incorpora el numeral 7.7 al numeral VII. Disposiciones Complementarias, Resolución Viceministerial Nº 158-2023-MINEDU, que Designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y la Resolución Viceministerial Nº 062-2024-MINEDU que designa a los Vicepresidentes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y en uso de las facultades conferidas por las normas vigentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicios, con goce de haber, a la Dra. NOEMI LEÓN ROQUE, Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, para participar del 15º Congreso Internacional sobre Revistas Cientí fi cas (CRECS 2025), del 09 al 10 de octubre de 2025 en la ciudad de Santiago de Chile, asimismo la asignación de montos por desplazamiento y viáticos, por la suma de S/.6 400,00 (SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 SOLES), por las consideraciones expuestas al presente y conforme al siguiente detalle: Clasificador Descripción Importe (S/) 2.3.2 1.1 1 Pasajes y gastos de transporte S/. 2 300,00 2.3.2 1.1 2 Viáticos y asignaciones por comisión de servicio S/. 4 100,00 TOTAL S/. 6 400,00 Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes.Artículo 3.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación y a los interesados, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CECILIA H. E. ALIAGA HERRERA Presidenta de la Comisión Organizadora JOSÉ LUIS SERVELEÓN BELLIDO Secretario General 2444010-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Disponen el cierre del Padrón Electoral para efecto del desarrollo de las Elecciones Generales 2026 y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000180-2025/ JNAC/RENIEC Lima, 11 de octubre del 2025 VISTOS:La Resolución N° 0126-2025-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 7 de abril de 2025, del Jurado Nacional de Elecciones; la Hoja de Elevación Nº 000418-2025/DRE/RENIEC (07OCT2025) de la Dirección de Registro Electoral y el Informe Nº 000102-2025/DRE/SDPEG/RENIEC (07OCT2025) de la Sub Dirección de Procedimiento Electoral y Georreferenciación de la Dirección de Registro Electoral; el Informe Nº 001156-2025/OAJ/RENIEC (10OCT2025) de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 177 de la Constitución Política del Perú, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil se constituye como órgano integrante del Sistema Electoral, correspondiéndole, de acuerdo a lo establecido en el artículo 196 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 7 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, preparar y mantener actualizado el Padrón Electoral sobre la base del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales - RUIPN, a emplearse en los procesos electorales convocados; Que el artículo 201 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modi fi cado por la Ley Nº 32264 “Ley que modi fi ca la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, a fi n de establecer medidas para la simpli fi cación del desarrollo de las Elecciones Generales 2026 y dicta otras disposiciones”, establece que en todos los procesos electorales, el Padrón Electoral se cierra ciento ochenta días calendario antes de la fecha de la respectiva elección, y comprende a todas aquellas personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente; Que asimismo el tercer párrafo del referido artículo, establece que las inscripciones o modi fi caciones de datos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales realizadas después de la fecha de cierre, no se incluyen en el Padrón Electoral que se somete a aprobación y es utilizado en el proceso electoral respectivo;