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31 NORMAS LEGALES Domingo 12 de octubre de 2025 El Peruano / Que el artículo 228° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones establece que el padrón de electores peruanos residentes en el extranjero es elaborado por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, bajo los criterios y plazos previstos en el citado cuerpo legal, teniendo en cuenta para ello el domicilio declarado en el Registro Único de Identi fi cación de Personas Naturales, al cierre del Padrón Electoral; Que las Elecciones Generales, que comprenden los procesos de elección de Presidente y Vicepresidentes de la República, de senadores y diputados del Congreso de la República, así como de representantes ante el Parlamento Andino, estos últimos, de conformidad con la Ley N° 28360 “Ley de elecciones de representantes ante el Parlamento Andino”, se realizan cada 5 años, el segundo domingo del mes de abril, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Que mediante Decreto Supremo N° 036-2025-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de marzo de 2025, se convoca a Elecciones Generales el día domingo 12 de abril del año 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que por Resolución N° 0126-2025-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 07 de abril de 2025, el Jurado Nacional de Elecciones, dispuso aprobar el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Generales 2026, estableciéndose el cierre del Padrón Electoral para el 14 de octubre de 2025; Que para ese efecto, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales (RUIPN), el Padrón Electoral a emplearse en las Elecciones Generales 2026, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del artículo 7° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) у artículo 196° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Que la Dirección de Registro Electoral, mediante los documentos de vistos, como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de naturaleza electoral, derivadas de las competencias que sobre esta materia señala la Constitución Política y la Ley, así como aquellas que sean materia de acuerdo entre los organismos que conforman el Sistema Electoral, solicita se emita el acto resolutivo que disponga el cierre del Padrón Electoral con fecha 14 de octubre de 2025, a emplearse en las Elecciones Generales 2026, el mismo que deberá comprender a todas las personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente; Que en tal sentido, corresponde emitir el acto administrativo resolutivo que disponga el cierre del Padrón Electoral con fecha 14 de octubre de 2025, para efecto del desarrollo de las Elecciones Generales 2026, a realizarse el domingo 12 de abril del año 2026; Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y a lo dispuesto por la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), y en lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el cierre del Padrón Electoral con fecha 14 de octubre de 2025, para efecto del desarrollo de las Elecciones Generales 2026, proceso de elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, a realizarse el domingo 12 de abril del año 2026. Artículo Segundo.- Precisar que las inscripciones o modi fi caciones de datos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales - RUIPN realizadas después de la fecha de cierre, no se incluyen en el Padrón Electoral que se somete a aprobación y es utilizado en el proceso electoral respectivo. Artículo Tercero.- Precisar que el Padrón Electoral comprende a todos los ciudadanos inscritos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, con ejercicio de ciudadanía, así como aquellas personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente. Artículo Cuarto.- Encargar a las Direcciones de Registro Electoral, Servicios Registrales, Registros de Identi fi cación y a la O fi cina de Tecnologías de la Información el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano www.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2447328-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Modifican la Ordenanza Regional N° 467- 2020-GRP/CR que crea la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Pasco CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 533-2025 -G.R. P/CR MODIFICAR EL NUMERAL 1. DEL ARTICULO QUINTO DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 467- 2020-GRP/CR, LA MESA MULTIACTOR DE LA RED REGIONAL DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN PASCO POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modi fi catorias, en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, desarrollada el dos de septiembre del año dos mil veinticinco, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Ordenanza Regional N° 467-2020-G.R. P/CR de fecha 17 de noviembre de 2020, que Crea la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región Pasco; O fi cio N° 010-2025-GRP/CR-HVBF emitido por la consejera regional Mg. Hilda Victoria Blas Flores; Informe N° 0009-2025-GRP/CR-GRSO emitido por el Asesor Técnico CPC. César Silvestre Oscátegui; Informe Legal