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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (17/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 17 de octubre de 2025 El Peruano / Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en la relación nominal del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, quienes conformarán la tripulación de la aeronave Beechcraft King Air 360C, encargada de realizar el traslado (ida y retorno) de los O fi ciales que participarán en el Entrenamiento Fisiológico en Cámara Hipobárica, a realizarse en la República de Colombia, autorizando su salida del país el 20 de octubre y retorno el 25 de octubre de 2025. Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto: Viáticos: US$ 370.00 x 4 días x 3 personas US$ 4,440.00 Total a pagar: US$ 4,440.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2449037-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Gobierno Regional Amazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0405-2025- MIDAGRI Lima, 15 de octubre de 2025VISTOS: El Memorando N° 1152-2025-MIDAGRI- DVDAFIR/DGDAA que adjunta el Informe Técnico N° 0056-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-JCFR de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, el Memorando N° 2359-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0755-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto; y el Informe N° 1411-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 32185 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y con la Resolución Ministerial N° 0417-2024-MIDAGRI se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, el numeral 3 de la Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas, con relación al fi nanciamiento de la implementación de las políticas públicas en el Sector Agrario y de Riego, autoriza, en el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, con cargo a los recursos a los que hace referencia el numeral 1 de dicha Disposición, a realizar transferencias fi nancieras, a favor de los Pliegos del Sector Agrario y de Riego, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, para fi nanciar la implementación de las políticas públicas en el Sector Agrario y de Riego; precisando que, dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, previa opinión favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0307-2025-MIDAGRI se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para el año fi scal 2025, hasta por la suma de S/ 147 495 245,00 (Ciento Cuarenta y Siete Millones Cuatrocientos Noventa y Cinco Mil Doscientos Cuarenta y Cinco y 00/100 Soles) para la implementación de las políticas públicas en el Sector Agrario y de Riego; Que, mediante el O fi cio N° 000505-2025-G.R.AMAZONAS/GR, el Gobierno Regional Amazonas solicita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, apoyo para el fi nanciamiento de la IX Feria Internacional de Cafés Especiales – FICAFE AMAZONAS 2025, programada para los días del 06 al 09 de noviembre de 2025 en la ciudad de Chachapoyas; Que, al respecto, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología ha emitido el Memorando N° 1152-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA que adjunta el Informe Técnico N° 0056-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-JCFR, con el que se emite opinión favorable respecto a la participación institucional del MIDAGRI en la FICAFE Amazonas 2025, señalando, entre otros aspectos, la importancia de la cadena de valor del café en el Perú, los alcances y relevancia de la Feria FICAFE para el sector cafetalero, así como las perspectivas y la estrategia de intervención; precisando que dicha estrategia de intervención del MIDAGRI, tiene como fi nalidad promover la articulación de los productores agrarios al mercado, con énfasis en las principales cadenas productivas de la región, con una previsión presupuestal de hasta la suma de S/ 500 000,00 (Quinientos Mil y 00/100 Soles) lo que considera el aporte del MIDAGRI a la feria en calidad de coorganizador y su propia exhibición corporativa; Que, al respecto, la O fi cina de Presupuesto, mediante el Informe N° 0755-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES emite opinión favorable para aprobar, mediante Resolución Ministerial, una Transferencia Financiera hasta por la suma total de S/ 500 000,00 (Quinientos Mil y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de la Unidad