Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (09/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Martes 9 de setiembre de 2025 El Peruano / procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos”, al generarse una plaza de fi scal adjunta superior por ocupar en la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince, tras la renuncia de la abogada Úrsula Magaly Moreno Díaz -quien venía desempeñado funciones bajo la modalidad de destaque en la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince-, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de designar en la primera de las citadas fi scalías a la abogada Ann Mary Zacarías Rivera, fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y, en atención a la necesidad de servicio expuesta en el octavo párrafo, destacarla a la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, para lo cual será necesario dar por concluidos su designación y destaque, anteriormente descritos. De conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Úrsula Magaly Moreno Díaz, como fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince, así como su destaque a la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1431-2025-MP-FN, 2375-2025-MP-FN y 2476-2025-MP-FN de fechas 15 de mayo, 8 y 15 de agosto de 2025, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Ann Mary Zacarías Rivera, fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como su destaque a la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1885-2021-MP-FN, 669-2025-MP-FN y 1587-2025-MP-FN de fechas 30 de diciembre de 2021, 7 de marzo y 2 de junio de 2025, respectivamente. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Úrsula Magaly Moreno Díaz, fi scal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima -actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro- en el 4° Despacho Provincial Penal de la Cuarta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Ann Mary Zacarías Rivera, fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince; asimismo, por necesidad de servicio, destacarla a la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, a partir de la toma de posesión de cargo hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a las abogadas Úrsula Magaly Moreno Díaz y Ann Mary Zacarías Rivera que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2436364-1 Nombran fiscales del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2730-2025-MP-FN Lima, 8 de septiembre de 2025 VISTOS:El ofi cio Nº 1866-2025-MP-FN-1FSEDCFP e informe Nº 0108-2025-MP-FN-OREF-ENYO, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la abogada Elena Carolina Delgado Manrique, fi scal suprema provisional designada en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, hace de conocimiento la necesidad de conformar equipos de trabajo en la fi scalía suprema a su cargo, en atención a que se dispuso la ampliación de su competencia funcional a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2575-2025-MP-FN de fecha 22 de agosto de 2025. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de dos (2) plazas de fi scal adjunto provincial -pendientes de ocupar- en la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.