NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 41
41 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / Designan fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2869-2025-MP-FN Lima, 17 de setiembre de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 0727-2025-MP-FN-UFEC de fecha 4 de setiembre de 2025, el informe Nº 02-2025-MP- FPTEDCA-MP-FN, de fecha 4 de setiembre de 2025, ofi cio Nº 02956-2025-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fecha 12 de agosto de 2025, o fi cio Nº 001506-2025-MP-FN- UEDFAREQ de fecha 5 de setiembre de 2025, informe Nº 0003-2025-MP-FN-OREF-JLSQ, de fecha 11 de setiembre de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante o fi cio Nº 002956-2025-MP-FN PJFS AREQUIPA, la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, elevó la solicitud de conclusión de nombramiento de cargo de fi scal adjunto provincial, plaza asignada a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia, indicando que, de acuerdo a lo informado por la o fi cina de administración de Potencial Humano y conforme al análisis sobre distribución de cargos fi scales registrados en el AIRHSP, no se dispone de cargos de fi scal adjunto provincial para la referida especialidad, por lo cual correspondería la conclusión de dicha plaza. Mediante o fi cio Nº 00727-2025-MP-FN-UFEC, la Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, solicitó considerar los fundamentos del informe Nº 02-2025-MP-FN-FPTEDCA-MP-FN, de fecha 4 de setiembre de 2025, para la no conclusión del nombramiento del fi scal adjunto provincial Edder Yafet Salas Flores, y de ser el caso se le asigne otro registro AIRHSP, atendiendo a la elevada carga laboral que afronta. Mediante informe Nº 02-2025-MP-FN-FPTEDCA-MP- FN, el fi scal provincial de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa, concluyó que es primordial asegurar la continuidad del abogado, Edder Yafet Salas Flores y de la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, dado que afronta una desproporcionada carga que se incrementa cada año en la Provincia de Arequipa, siendo una de las regiones con mayor carga en delitos informáticos, resultando inviable operar con un fi scal menos. De la veri fi cación del Sistema Integrado de Evaluación y Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se aprecia la existencia de plaza disponible de fi scal adjunto provincial provisional en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Arequipa que cuenta con presupuesto según o fi cio Nº 001506-2025-MP-FN- UEDFAREQ. Asimismo del cuadro de productividad de la carga fi scal, se aprecia una ostensible diferencia cuantitativa entre la que corresponde a la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad de Arequipa y la que corresponde a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de Arequipa, estableciéndose un promedio de 61 expedientes por fi scal adjunto en el primer caso, y un elevado promedio de 421 expedientes por fi scal adjunto en el segundo caso; por lo cual resulta perentorio atender la necesidad de servicio dado el registro de la elevada carga de delitos informáticos en el Distrito Fiscal de Arequipa, habiéndose veri fi cado que el abogado Edder Yafet Salas Flores cumple con el per fi l y experiencia para el desempeño del cargo en dicha especialidad. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha establecido en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa, y alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, y encontrándose pendiente de ocupar la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad de Arequipa, y atendiendo a la necesidad de servicio evidenciada en la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa, se ha considerado oportuno nombrar y designar al abogado Edder Yafet Salas Flores, para que ocupe la referida plaza y, por necesidad de servicio, destacarlo a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y conforme al informe Nº 0003-2025-MP-FN-OREF-JLSQ, de fecha 11 de setiembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Edder Yafet Salas Flores, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, en la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2605-2023-MP-FN, de fecha 8 de octubre de 2023, y la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 890-2024-MP-FN, de fecha 02 de abril de 2024. Artículo Segundo.- Designar al abogado Edder Yafet Salas Flores como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Arequipa; asimismo, destacarlo por necesidad de servicio a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa, a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2439687-5