NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 43
43 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / delitos de corrupción de funcionarios conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, a partir de la fecha de su juramentación. Articulo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinador del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habrían incurrido la empresa ODEBRECH y otros, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2439687-7 Nombran fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de San Martín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2872-2025-MP-FN Lima, 17 de setiembre de 2025 VISTA: La Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2744-2025-MP-FN de fecha 9 de setiembre de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2668-2025-MP-FN de fecha 29 de agosto de 2025, se resolvió dar por concluida la designación del fi scal superior de la Primera Fiscalía Superior Penal de San Martín, con sede en Moyobamba, generándose así una plaza por ocupar. A través de la resolución de vista, se resolvió dejar sin efecto los artículos tercero, cuarto, quinto y sexto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2672-2025-MP- FN de fecha 29 de agosto de 2025, a consecuencia de la carta presentada en fecha 1 de septiembre de 2025, suscrita por el abogado Ángel Víctor Soncco Laura, quien declinó a su nombramiento y designación dispuestos mediante la segunda resolución en mención. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4562-2014-MP-FN de fecha 31 de octubre de 2014, se designó a la abogada Karin Charre Gonzales, fi scal adjunta superior titular penal (sede Moyobamba) de San Martín, Distrito Fiscal de San Martín, en la Primera Fiscalía Superior Penal de San Martín, con sede en Moyobamba. El artículo 158 de la Constitución Política del Estado y el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, señalan que la Fiscal de la Nación representa al Ministerio Público y su autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran cualquiera que sea su categoría y actividad funcional especializada; siendo así, en su condición de titular del Ministerio Público le corresponde dirigir, orientar y formular la política institucional, constituyendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la ley N° 31718, los fi scales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde y, de acuerdo al numeral 64.2 del mismo artículo, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa.Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El artículo 65 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley No 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010- PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. Así, estando a la necesidad de ocupar la plaza señalada en el primer párrafo y en consonancia con lo establecido en el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, resulta fundamental fortalecer las fi scalías a nivel nacional asegurando que se encuentren en funciones con el personal fi scal completo —de manera tal que se garanticen mejores prestaciones a la sociedad y se preserve la función constitucional como titular de la acción penal así como la intervención del fi scal como encargado de conducir la investigación del delito—; por lo que, para ocupar dicha plaza fi scal —y las plazas fi scales a generarse— deberá considerarse a fi scales que cuenten con la especialidad y experiencia en el ejercicio del cargo, máxime si esta condición alterna la tiene en la misma fi scalía pendiente de ocupar. En tal sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, al haberse generado una plaza de fi scal superior por ocupar en la Primera Fiscalía Superior Penal de San Martín, con sede en Moyobamba, y considerando la experiencia en el ejercicio de la función fi scal, resulta oportuno nombrar y designar a la abogada Karin Charre Gonzales para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal superior en la referida fi scalía, con retención de su cargo de carrera, debiéndose previamente dar por concluida su designación descrita en el tercer párrafo; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 130-2025-MP- FN-OREF-RMCH, de fecha 11 de setiembre de 2025. De conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Karin Charre Gonzales, fi scal adjunta superior titular penal (sede Moyobamba) de San Martín, Distrito Fiscal de San Martín, en la Primera Fiscalía Superior Penal de San Martín, con sede en Moyobamba; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4562-2014-MP-FN de fecha 31 de octubre de 2014. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Karin Charre Gonzales, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándola en la Primera Fiscalía Superior Penal de San Martín, con sede en Moyobamba, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento a la abogada Karin Charre Gonzales que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las