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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2439687-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martin RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2866-2025-MP-FN Lima, 17 de setiembre de 2025VISTOS: El ofi cio Nº 006302-2025-MP-FN-PJFS-SANMARTIN e informe Nº 0033-2025-MP-FN-OREF-EBRV, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 5 de setiembre de 2025, suscrita por el abogado Robinson Mariano Godoy, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designado en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, quien presenta su renuncia al cargo por razones estrictamente personales y familiares. En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo previsto en la ley y señala como último día de labores el 8 de setiembre de 2025, recibiendo el visto bueno del jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0033-2025-MP-FN-OREF-EBRV de fecha 15 de setiembre de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Robinson Mariano Godoy, con e fi cacia anticipada, a partir del 9 de setiembre de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Robinson Mariano Godoy, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martin, y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 608-2025-MP-FN y 1004-2025-MP-FN, de fechas 4 de marzo y 7 de abril de 2025, respectivamente; con e fi cacia anticipada, a partir del 9 de setiembre de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Robinson Mariano Godoy que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2439687-2 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Sullana RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2867-2025-MP-FN Lima, 17 de setiembre de 2025VISTOS: El o fi cio Nº 004275-2025-MP-FN-FSNCEDCF e informe Nº 0032-2025-MP-FN-OREF-EBRV, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 10 de septiembre de 2025, suscrita por la abogada Megume Tukary Castro Ferrer, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Sullana, designada en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana, quien presenta su renuncia al cargo por razones estrictamente personales y de salud. En su carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley para que la renuncia se haga efectiva a partir del 15 de septiembre de 2025, recibiendo el visto bueno del