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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / Órganos de Control Institucional, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y e fi ciente del control gubernamental; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000957-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000701-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación de la señora Patricia Silvia Huerta Vargas en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Lima Metropolitana, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación de la señora Patricia Silvia Huerta Vargas en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2439468-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones v2 de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN COMISIÓN ORGANIZADORA N° 024-2025- UNTSJL-CO Lima, 22 de julio de 2025 VISTOS: El Memorando múltiple N° 022-2025-UNTSJL/P de fecha 05 de junio de 2025, el Informe Legal N° 067-2025-UNTSJL/OAJ de fecha 10 de julio de 2025, el Informe N° 043-2025-UNTSJL/URH-DIGA de fecha 11 de julio de 2025, y la Acta de Sesión N° 021-2025-UNTSJL/CO, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las leyes; Que, de acuerdo al artículo 8° de la Ley Universitaria, Ley Nro. 30220, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normativas aplicables. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: ( .. .) 8.4 Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo; 8.5. Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional; así como para fi jar los criterios de generación y aplicación de los recursos. Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en su segundo párrafo establece que la Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la Universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan. Que, la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones de la Comisión Organizadora; señalando son sus funciones: a) Elaborar o modi fi car, según corresponda, y aprobar los estatutos de la universidad, así como remitir el nuevo estatuto de la universidad a la SUNEDU, b) Aprobar y velar por el adecuado cumplimiento del Estatuto, Reglamentos y documentos de gestión de la universidad, [...] s) Otras que sean asignadas por el MINEDU, en el marco de sus competencias, Los miembros de las Comisiones Organizadoras son responsables administrativamente por el uso de los recursos de la institución, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa. Que, mediante el Memorando múltiple N° 022-2025-UNTSJL/P de fecha 05 de junio del 2025, el Presidente de la Comisión Organizadora remite la propuesta de revisión del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, el mismo que quedo integrada de la siguiente manera: - Jefe de la Unidad de Recursos Humanos. - Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica. - Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. Que, mediante acta de reunión de los miembros de la Comisión Revisadora del ROF v2 de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, se reunieron los miembros: - El Lic. Celso Leoncio Quispe Torres, Jefe de la unidad de Recursos Humanos. - El CPC Juan Carlos Gómez Peña, Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. - Msc. Angel Ramiro Yupanqui Sanchez, Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica.