NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Puno; Que, la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03, en adelante PNAF, atribuye para televisión digital terrestre las bandas 470- 608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, con el objeto de garantizar el uso e fi ciente del espectro radioeléctrico, resulta necesario aprobar los planes de canalización y asignación de frecuencias a nivel nacional del servicio de radiodifusión por televisión en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz de UHF, las cuales no han sido declaradas en reserva, a efectos que todas las localidades cuenten con sus respectivos planes para su asignación en tecnología digital; Que, el 1 de setiembre de 2017 se suscribe el “Acuerdo Interinstitucional Internacional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República del Perú y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda del Estado Plurinacional de Bolivia para la asignación y uso de frecuencias radioeléctricas para la operación de estaciones de radiodifusión sonora en FM y de televisión VHF y UHF en el área de frontera”; Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0984-2025-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para distintas localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar los planes de las localidades de MARCAJA-SAN JUAN DE CUTURAPI-SAN MIGUEL DE OLLARAYA-TINICACHI-YUNGUYO y ANAPIA-COPANI- ZEPITA, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 187-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar los planes de las localidades de MARCAJA-SAN JUAN DE CUTURAPI-SAN MIGUEL DE OLLARAYA-TINICACHI-YUNGUYO y ANAPIA-COPANI-ZEPITA; conforme se indica a continuación: Localidad: MARCAJA-SAN JUAN DE CUTURAPI-SAN MIGUEL DE OLLARAYA-TINICACHI-YUNGUYO Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 18 494 500 497+1/722 518 524 521+1/726 542 548 545+1/7 30 566 572 569+1/7 34 590 596 593+1/7 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.25 kW. - El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: ANAPIA-COPANI-ZEPITA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 20 506 512 509+1/7 24 530 536 533+1/7 28 554 560 557+1/7 32 578 584 581+1/7 36 602 608 605+1/7 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.25 kW. - El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2439060-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Saneamiento Urbano RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 134-2025/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE Lima, 11 de setiembre del 2025VISTOS: El Memorándum N° 1933-2025/VMCS/PNSU/UA de la Unidad de Administración, el Informe N° 0612-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/SURH de la Subunidad de Recursos Humanos y la Nota N° 295-2025-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/UAL de la Unidad de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza