Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (09/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2026 El Peruano / en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Coordinación Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional, y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2541305-2 Designan fiscal en la Quinta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Ayacucho y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2339-2026-MP-FN Lima, 7 de agosto de 2026 VISTOS: El ofi cio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el o fi cio Nº 002450-2026-MP- FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 21 de julio de 2026, y el informe Nº 00186-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 5 de agosto de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certi fi cada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, por la cual se nombró a la abogada Karla Coello Arango, como fi scal adjunto provincial penal de Ayacucho del distrito fi scal de Ayacucho. Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Karla Coello Arango en el cargo descrito en el párrafo que antecede. Al respecto, a través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias Nº 002-2024-SN/JNJ, 004-2024-SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fi scales penales, manteniéndose la ubicación geográ fi ca y el Distrito Fiscal; en esa línea, con o fi cio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1429-2019-MP-FN, de fecha 25 de junio de 2019, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Karla Coello Arango, como fi scal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ayacucho, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Ayacucho y Huancavelica; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 788-2024-MP-FN y 2920-2025-MP-FN, de fechas 20 de marzo de 2024 y 19 de septiembre de 2025, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Mónica Andrea Pérez Báez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en la Quinta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Ayacucho; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fi jó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fi scales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fi scal titular por la Junta Nacional de Justicia”. En ese sentido, en virtud al Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, al o fi cio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse con fi gurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, a través del o fi cio Nº 002450-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 21 de julio de 2026, corresponde emitir el resolutivo a fi n de designar a la abogada Karla Coello Arango, en su condición de magistrada titular, en la Quinta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo del Distrito Fiscal de Ayacucho, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en